FolioMICH-IP-00189021

Acciones

Solicitud de Información pública

DependenciaInstituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales - (MICH)
Solicitud del día06/03/2021PrórrogaNoPrevenciónNoDisponibilidadNoQuejaNo
ResponsableMichoacánSector de la dependenciaOrganismos Autónomos
PreguntaUNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL ÓRGANO GARANTE PRESENTE Por este medio y con fundamento en el artículo 6 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es que solicito la siguiente información de manera electrónica Cualquier documento que acredite o sea evidencia de todas las evaluaciones al cumplimiento de las obligaciones de transparencia específicas del Órgano Garante en la Plataforma Nacional de Transparencia que se hayan realizado en el año 2019 y 2020. Los requiero de manera electrónica por este medio a través de mi correo personal maria.hleonudgvirtual.udg.mx. Gracias por garantizar mi derecho a la información. A T E N T A M E N T E MARÍA LEÓN
RespuestaSOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA FOLIO 00189021_036 Asunto: Respuesta Morelia, Michoacán, veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. MARIALEON LEON PRESENTE. En atención a su solicitud de acceso a la información pública, presentada mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, el día seis de marzo del año en curso, registrada con folio 00189021 y recibida en la Oficialía de Partes de este Instituto el ocho del mismo mes y año, a continuación se le informa lo siguiente: Información solicitada: “UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL ÓRGANO GARANTE PRESENTE Por este medio y con fundamento en el artículo 6 apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es que solicito la siguiente información de manera electrónica Cualquier documento que acredite o sea evidencia de todas las evaluaciones al cumplimiento de las obligaciones de transparencia específicas del Órgano Garante en la Plataforma Nacional de Transparencia que se hayan realizado en el año 2019 y 2020. Los requiero de manera electrónica por este medio a través de mi correo personal maria.hleonudgvirtual.udg.mx. Gracias por garantizar mi derecho a la información. A T E N T A M E N T E MARÍA LEÓN.” (sic) AUTORIDAD QUE RESPONDE LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA: INSTITUTO MICHOACANO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Respuesta: Respecto de su solicitud de acceso a la información pública, se le comunica que se requirió a la Coordinadora Jurídica de este Órgano Garante, para que remitiera a esta Unidad de Transparencia la información solicitada por usted, esto de acuerdo a las facultades, competencias y funciones de dicha Coordinación, por lo que remite mediante oficio respuesta, la cual se anexa al presente. De igual forma se le proporcionan los siguientes hipervínculos, remitidos por la Coordinación Jurídica, a fin de facilitar la consulta de la información requerida por usted. EJERCICIO 2019: http://imaip.org.mx/sisofi_2018/uploads/22-09-2020/Reporte-de-Observaciones-IMAIP.pdf EJERCICIO 2020: http://imaip.org.mx/sisofi_2018/uploads/10-03-2021/6.-Reporte-de-Observaciones_IMAIP.pdf Asimismo, no se omite señalar que la información se entrega en el estado que se encuentra, de conformidad con el criterio orientador 03/17 emitido por el INAI, que señala: “No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las características físicas de la información o del lugar donde se encuentre. Por lo anterior, los sujetos obligados deben garantizar el derecho de acceso a la información del particular, proporcionando la información con la que cuentan en el formato en que la misma obre en sus archivos; sin necesidad de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de información.” Lo anterior, con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 64, 65, 66, 67, 68, 73, 74, 126, y demás relativos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo. Asimismo, dígasele al solicitante que, en caso de tener dudas o inquietudes puede contactarse a este Instituto a través del teléfono (443) 312-66-32 y/o lada sin costo 01800-504-8536, en un horario de atención al público de las 08:00 a las 16:00 horas de lunes a viernes, o de manera personal en el domicilio Av. Camelinas (Av. Periférico Paseo de la República), número 571, colonia Félix Ireta, con código postal 58070, en Morelia, Michoacán, o vía correo electrónico, para lo cual, se pone a su disposición la siguiente dirección imaip@imaip.org.mx Finalmente, se deja a salvo el derecho de la parte solicitante para presentar recurso de revisión, en caso de no estar conforme con la presente respuesta, atendiendo siempre lo establecido en los artículos 135 y 137, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo. ______________________________ LICENCIADO JONATHAN IVÁN GONZÁLEZ LUNA JEFE DE DEPARTAMENTO DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO MICHOACANO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESRespuesta del día25/03/2021Características de la respuestaF. Entrega información vía Infomex (MODALIDAD)

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Detalles

EstatusTerminadaFecha limite de respuesta13/04/2021Fecha solicitud término25/03/2021
Medio de entregaConsulta vía Infomex - Sin costoMedio de presentaciónElectrónica