FolioMICH-IP-00361821

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Solicitud de Información pública

DependenciaSECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA - (MICH)
Solicitud del día30/04/2021PrórrogaNoPrevenciónNoDisponibilidadNoQuejaNo
ResponsableMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo
PreguntaSe solicita la siguiente información que esté disponible o, en su caso, una versión pública de la misma -Informar si actualmente se cuenta con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar si es utilizada en espacios públicos. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar a partir de cuándo se comenzó a utilizar (año). -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar el objetivo de su utilización. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar el nombre del o de los proveedores de dicha tecnología, el número de licitación, el número de contrato, monto del contrato y duración de cada contrato firmado con el o los proveedores de dichos sistemas desde que comenzaron a utilizarse. Se solicita además una copia del o los contratos, o una versión pública de los mismos. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar cuántas cámaras de videovigilancia están habilitadas para dotar de información al sistema de reconocimiento facial. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar en qué localidades o áreas de cobertura se encuentra funcionando. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar si se han generado bases de datos con registros de reconocimiento facial y el número de registros generados en dichas bases de datos.
RespuestaACUERDO PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN PÚBLICA En la ciudad de Morelia, Michoacán a 27 de mayo del 2021, vistas las constancias integradas por la solicitud de información presentada por C. Cesar S. registrada bajo el número de folio 00361821 en el Sistema Nacional de Transparencia (INFOMEX), habiendo revisado los registros públicos que obran en ésta Secretaría de Seguridad Pública, y, R E S U L T A N D O PRIMERO. El día 30 de abril del 2021, el C. Cesar S, presentó vía electrónica, solicitud de información ante la Ventanilla para el Acceso a la Información del Sistema de Plataforma Nacional de Transparencia Michoacán (INFOMEX), misma que fue remitida a esta Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, por reunir los requisitos que establece el artículo 66 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, la cual consiste en lo siguiente: “Se solicita la siguiente información que esté disponible o, en su caso, una versión pública de la misma -Informar si actualmente se cuenta con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar si es utilizada en espacios públicos. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar a partir de cuándo se comenzó a utilizar (año). -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar el objetivo de su utilización. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar el nombre del o de los proveedores de dicha tecnología, el número de licitación, el número de contrato, monto del contrato y duración de cada contrato firmado con el o los proveedores de dichos sistemas desde que comenzaron a utilizarse. Se solicita además una copia del o los contratos, o una versión pública de los mismos. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar cuántas cámaras de videovigilancia están habilitadas para dotar de información al sistema de reconocimiento facial. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar en qué localidades o áreas de cobertura se encuentra funcionando. -En caso de sí contar con algún sistema, software o tecnología para el reconocimiento facial, informar si se han generado bases de datos con registros de reconocimiento facial y el número de registros generados en dichas bases de datos.” SEGUNDO. Substanciado el procedimiento administrativo interno al que están sujetas las solicitudes de información, conforme a lo establecido por los numerales 64 y 65 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, se procedió a su análisis con el objeto de orientar y asesorar al solicitante. C O N S I D E R A N D O PRIMERO. Es cierto que el numeral 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza el derecho a la información de todas las personas, que además la actual administración pública del Estado de Michoacán, ha asumido el compromiso de promover la transparencia de la información a través de la consulta y examen de la misma por parte de la ciudadanía y que los artículos 2º y 3º de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo, establecen que para la interpretación de dicha Ley, se deberá tomar en cuenta el principio de la máxima publicidad de la información, que implica el compromiso de los sujetos obligados de colocar a disposición de la sociedad, toda la información importante sobre su estructura atribuciones, estrategias, evaluaciones y decisiones. SEGUNDO. Ahora bien, La Secretaría de Seguridad Pública, a través de la Dirección de Administración, así como del Dirección General del Centro Estatal de Comando, Comunicaciones, Computo, Control, Coordinación e Inteligencia (C5i), emiten la siguiente respuesta: RESPUESTA: En relación a las preguntas anteriores, se hace de su conocimiento que en esta Secretaría de Seguridad Pública no se cuenta con sistemas, software, cámaras o tecnología con capacidades de reconocimiento facial, así mismo tampoco se cuenta con información respecto de compras o adquisiciones de tecnología de reconocimiento facial, por lo tanto, nos es imposible dar contestación a las preguntas formuladas en esta solicitud de información por no contar con la misma. Por lo antes expuesto y fundado, se emiten los siguientes: R E S O L U T I V O S: PRIMERO. Esta Secretaría de Seguridad Publica es competente para conocer de la solicitud presentada y para emitir el presente acuerdo. SEGUNDO. Asimismo, y acorde al considerando segundo del presente acuerdo, se da respuesta a la solicitud de información requerida por el solicitante. TERCERO. Se le hace saber al peticionario que cuenta con un plazo de quince días hábiles para interponer el recurso de revisión, contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación del presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 135 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo; y 83 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo. Así y con fundamento en los artículos 13 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo y los numerales 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo; si como 59 y 61 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo, lo acordó y firma la C. Lic. Lourdes Carolina Samaniego Zozaya, Secretaria Técnica y Responsable de Transparencia y Acceso a la Información para la Atención de Solicitudes de Información de la Secretaría de Seguridad Pública, acorde al oficio número SSP/OS/251/2019 de fecha 22 de abril de 2019.Respuesta del día27/05/2021Características de la respuestaF. Entrega información vía Infomex (MODALIDAD)

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Detalles

EstatusTerminadaFecha limite de respuesta31/05/2021Fecha solicitud término27/05/2021
Medio de entregaConsulta vía Infomex - Sin costoMedio de presentaciónElectrónica