FolioMICH-IP-160353021000029

Acciones

Solicitud de Información pública

DependenciaInstituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales - (MICH)
Solicitud del día05/10/2021PrórrogaNoPrevenciónNoDisponibilidadNoQuejaNo
ResponsableMichoacánSector de la dependenciaOrganismos Autónomos
PreguntaBuena tarde. Solicito me entreguen de favor dos expedientes donde hayan realizado auditorías voluntarias a los sujetos obligados. Así mismo solicito lineamientos, manuales, entre otros, relacionado con la auditorías voluntarias.
RespuestaPDP DATOS PERSONALES PRESENTE. Solicitud de información. Con fecha cinco de octubre de dos mil veintiuno, fue recibida mediante la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) la solicitud de acceso con folio 160353021000029 y número de identificación interna 185 que a la letra dice: “Solicito me entreguen de favor dos expedientes donde hayan realizado auditorías voluntarias a los sujetos obligados. Así mismo solicito lineamientos, manuales, entre otros, relacionado con la auditorías voluntarias” Respuesta. Hago de su conocimiento que la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Michoacán de Ocampo (LPDPPSOMO) en su artículo 120 prevé un procedimiento de auditorías voluntarias: “Artículo 120. Los responsables podrán voluntariamente someterse a la realización de auditorías por parte del Instituto que tengan por objeto verificar la adaptación, adecuación y eficacia de los controles, medidas y mecanismos implementados para el cumplimiento de las disposiciones previstas en la presente Ley y demás normativa que resulte aplicable.” Le informo que de la publicación de la LPDPPSOMO el 13 noviembre de 2017 a la fecha, no ha habido solicitud a petición de parte alguna para que se le realice una auditoría. Asimismo, le informo que el principal instrumento para practicar el procedimiento en comento son los lineamientos de la ley, los cuales son de carácter público y están disponibles en el hipervínculo http://laipdocs.michoacan.gob.mx/?wpfb_dl=286441. En ellos se establecen las políticas, criterios y procedimientos para observar la LPDPPSOMO. Se responde esta solicitud, con fundamento en los artículos 1, 2, 4, 64, 65, 66, 67, 68, 73, 74, 126, fracción III y demás relativos de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo. En caso de tener dudas o inquietudes puede contactarse de 8 a 16 horas a este Instituto a través del teléfono (443) 312-66-32 y/o lada sin costo 01800-504-8536; de manera personal en el domicilio Av. Camelinas (Av. Periférico Paseo de la República), número 571, Colonia Félix Ireta de Morelia, Michoacán; y, vía correo electrónico, en la dirección imaip@imaip.org.mx. Se deja a salvo el derecho de la parte solicitante para presentar recurso de revisión, en caso de no estar conforme con la presente respuesta, atendiendo siempre lo establecido en los artículos 135 y 137, de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Michoacán de Ocampo. M.C. NUBIA LIZBETH GARCÍA PÉREZ JEFA DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO MICHOACANO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESRespuesta del día21/10/2021Características de la respuestaInformación disponible al público en diversos medios (FALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITE)

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Detalles

EstatusTerminadaFecha limite de respuesta08/11/2021Fecha solicitud término21/10/2021
Medio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTMedio de presentaciónElectrónica