FolioMICH-IP-161284621000016

Acciones

Solicitud de Información pública

DependenciaSECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA - (MICH)
Solicitud del día10/10/2021PrórrogaNoPrevenciónNoDisponibilidadNoQuejaNo
ResponsableMichoacánSector de la dependenciaPoder Ejecutivo
PreguntaCon base en el artículo 6 y 8 constitucional, se agradece el envío de la siguiente información en formato electrónico en cualquiera de los siguientes extensiones .doc, .pdf, .csv y/o .xls. Favor de desglosar los datos conforme se especifican en cada uno de los puntos. 1.Base de datos sin nombres o datos de identificación que contenga el lugar de residencia habitual antes de la privación de la libertad de las personas en los centros penitenciarios a cargo de la autoridad estatal, desglosado por colonia, municipio al 30 de septiembre de 2021. 2.Base de datos sin nombres o datos de identificación que contenga el lugar de residencia habitual antes de la privación de la libertad de las personas egresadas de los centros penitenciarios a cargo de la autoridad estatal, desglosado por colonia, municipio, entidad y/o país. De acuerdo con las atribuciones establecidas en la Ley Nacional de Ejecución Penal, en su artículo 27, fracción I, inciso F, la autoridad penitenciaria está obligada a mantener una base de datos con las características sociodemográficas, en las que se incluyen nacionalidad, estado de origen y municipio de origen, estado de residencia actual y municipio de residencia actual. Es importante resaltar que solo se solicita la cantidad de personas privadas de la libertad por colonia, municipio, entidad y país de origen, sin incluir ningún dato personal que pueda llevar a la identificación de las personas.
Respuesta1.Base de datos sin nombres o datos de identificación que contenga el lugar de residencia habitual antes de la privación de la libertad de las personas en los centros penitenciarios a cargo de la autoridad estatal, desglosado por colonia, municipio al 30 de septiembre de 2021. 2.Base de datos sin nombres o datos de identificación que contenga el lugar de residencia habitual antes de la privación de la libertad de las personas egresadas de los centros penitenciarios a cargo de la autoridad estatal, desglosado por colonia, municipio, entidad y/o país. De acuerdo con las atribuciones establecidas en la Ley Nacional de Ejecución Penal, en su artículo 27, fracción I, inciso F, la autoridad penitenciaria está obligada a mantener una base de datos con las características sociodemográficas, en las que se incluyen nacionalidad, estado de origen y municipio de origen, estado de residencia actual y municipio de residencia actual. Es importante resaltar que solo se solicita la cantidad de personas privadas de la libertad por colonia, municipio, entidad y país de origen, sin incluir ningún dato personal que pueda llevar a la identificación de las personas.” El primer punto es de competencia de la Fiscalía General del Estado de Michoacán de Ocampo, de conformidad con los artículos 2,6,7 y 8 de la Ley Organiza de la Fiscalía General del Estado de Michoacán de Ocampo Referente al segundo punto es competencia de la Coordinación del Sistema Penitenciario del Estado de Michoacán de Ocampo, de conformidad con el artículo 1 del Decreto de Creación de la Coordinación del Sistema Penitenciario del Estado de Michoacán de OcampoRespuesta del día13/10/2021Características de la respuestaInformación disponible al público en diversos medios (FALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITE)

Adjuntos

No se pudieron procesar los adjuntos

Descargar adjuntos

Detalles

EstatusTerminadaFecha limite de respuesta12/11/2021Fecha solicitud término13/10/2021
Medio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTMedio de presentaciónElectrónica