Michoacán - Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales - (MICH)
Solicitud del día 15/10/2020 a la dependencia Michoacán - Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales - (MICH) del órgano Michoacán
DescripciónNecesito mi expediente; necesito de mi expediente de parto, estoy apunto de tener otro bebe y para poder proseguir seguro mi embarazo los doctores me están pidiendo que traiga mis documentos de Mexico hacia acá, yo en estos momentos estoy viviendo en Estados Unidos, mi día de parto fue el 14 de agosto de 2015 en la clinica Ricardo flores magos en la ciudad de Lazaro Cardenas Michoacan. Ya envié a mi madre a la clinica pero lo único que le dijeron es que esta cerrada en estos momentos por el tema de la pandemia, y que era mejor hacerlo en linea, lo necesito lo mas pronto posible.Respuesta del día16/10/2020Texto de respuestaSOLICITUD PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO FOLIO 15 Asunto: Orientación. Morelia, Michoacán, dieciséis de octubre de dos mil veinte Karen Cisneros Martinez PRESENTE. En atención a su solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO, presentada mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, el día quince de octubre del año en curso, registrada con folio 01119220 y recibida en la Oficialía de Partes de este Instituto el día dieciséis del mismo mes y año, a continuación se da contestación a la misma: Información solicitada: “Necesito mi expediente; necesito de mi expediente de parto, estoy apunto de tener otro bebe y para poder proseguir seguro mi embarazo los doctores me están pidiendo que traiga mis documentos de Mexico hacia acá, yo en estos momentos estoy viviendo en Estados Unidos, mi día de parto fue el 14 de agosto de 2015 en la clinica Ricardo flores magos en la ciudad de Lazaro Cardenas Michoacan. Ya envié a mi madre a la clinica pero lo único que le dijeron es que esta cerrada en estos momentos por el tema de la pandemia, y que era mejor hacerlo en linea, lo necesito lo mas pronto posible.” (sic) SUJETO OBLIGADO AL QUE CORRESPONDE CONTESTAR LA SOLICITUD PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS ARCO: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Este Instituto es competente únicamente para ORIENTARLE a quien debe dirigir su solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO. Lo anterior, debido a que del análisis del contenido de la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO, se trata de información que puede poseer el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) por lo que podrá presentar su solicitud de información en la página https://www.gob.mx/issste en donde se localiza el indicador de “TRANSPARENCIA”, una vez dentro el rubro de “ACCESO A LA INFORMACIÓN” lo dirigirá al siguiente hipervínculo https://www.infomex.org.mx/ o bien, a través de la titular de la Unidad de Transparencia la Mtra. Hilda de la Torre Amorós, al correo electrónico unidad.transparencia@issste.gob.mx También puede hacerlo a través del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales www.inai.org.mx ahí encontrará la liga https://www.infomex.org.mx/gobiernofederal/home.action de la Plataforma Nacional de Transparencia, en donde podrá tramitar solicitudes de información de todas las dependencias federales, incluidas las que resulten de su interés. Asimismo, se le informa que para presentar su solicitud en materia de protección de datos personales (derechos ARCO) deberá tomar en consideración los requisitos establecidos en el artículo 48, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Michoacán de Ocampo. Se hace alusión al criterio orientador 16/09, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, cuyo rubro y contenido señala: La incompetencia es un concepto que se atribuye a la autoridad. El tercer párrafo del artículo 40 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental prevé que cuando la información solicitada no sea competencia de la dependencia o entidad ante la cual se presente la solicitud de acceso, la unidad de enlace deberá orientar debidamente al particular sobre la entidad o dependencia competente. En otras palabras, la incompetencia a la que alude alguna autoridad en términos de la referida Ley implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada –es decir, se trata de una cuestión de derecho-, de lo que resulta claro que la incompetencia es un concepto atribuido a quien la declara. En ese orden de ideas, de conformidad con el artículo 49, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Michoacán, se le informa que, este Instituto no tiene competencia para atender la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO, ello, debido a la ausencia de atribuciones de este sujeto obligado para poseer la información solicitada; es decir, se trata de una cuestión de derecho, en tanto que no existen facultades para contar con lo requerido. Por tanto, únicamente se le ORIENTA a quien debe dirigir su solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO. Dígasele al solicitante que, en caso de cualquier duda, aclaración y/o ayuda puede contactarse a este Instituto a través del teléfono (443) 312-66-32 y/o lada sin costo 01800-504-8536, en un horario de atención al público de las 8:00 a las 16:00 horas de lunes a viernes, o de manera personal en el domicilio Av. Camelinas (Av. Periférico Paseo de la República No. 571), colonia Félix Ireta, con código postal 58070, en Morelia, Michoacán, o vía correo electrónico, para lo cual se pone a disposición la siguiente dirección imaip@imaip.org.mx Finalmente, se deja a salvo el derecho de la parte solicitante para presentar recurso de revisión, en caso de no estar conforme con la presente respuesta, atendiendo siempre lo establecido en el artículo 87, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Michoacán de Ocampo. Lo anterior con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 4, 12, 13, 14, 17, 39, 40, 44, 47, 48, 49 y demás relativos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Michoacán de Ocampo. ______________________________ LICENCIADO JONATHAN IVÁN GONZÁLEZ LUNA JEFE DE DEPARTAMENTO DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO MICHOACANO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALESArchivo adjuntoDescargarFolioMICH-IP-01119220