Aguascalientes - INSTITUTO ESTATAL DE GESTIÓN EMPRESARIAL Y MEJORA REGULATORIA - (AGS)
Solicitud del día 10/06/2019 a la dependencia Aguascalientes - INSTITUTO ESTATAL DE GESTIÓN EMPRESARIAL Y MEJORA REGULATORIA - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónQuisiera saber cuál es la cantidad de dinero que registra la empresa VIANNEY TEXTIL HOGAR S.A. DE C.V. como gasto de sus materias primas, compras y proceso de producción, así como quiénes son sus principales proveedores y cómo hacen la selección de éstos.Respuesta del día26/06/2019Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a veintiséis de junio de dos mil diecinueve. Vista la solicitud registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia con el número 00289619, presentada el diez de junio de dos mil diecinueve, ante la plataforma del Instituto Estatal de Gestión Empresarial y Mejora Regulatoria de Aguascalientes, realizada por “Karla López”; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, consecuentemente téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de Gobierno con el número que le corresponda siendo e P.A.I.004.289619 con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de Gobierno con el número que le corresponda. Por lo que respecta a su solicitud, “Quisiera saber cuál es la cantidad de dinero que registra la empresa VIANNEY TEXTIL HOGAR S.A. DE C.V. como gasto de sus materias primas, compras y proceso de producción, así como quiénes son sus principales proveedores y cómo hacen la selección de éstos.”. Esta Unidad de Transparencia hace de su conocimiento que es notoriamente incompetente para dar contestación a su solicitud toda vez que no ha sido el Sujeto Obligado encargado de generar y/o administrar dicha información. Con lo anterior se tiene por cumplido el deber de acceso a la información. Dígasele al solicitante que en contra del presente acuerdo con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios procede de manera opcional el recurso de Revisión ante el Superior Jerárquico de esta Unidad de Enlace o el de Inconformidad ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido en el Capítulo I Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Notifíquese al solicitante por la vía correspondiente; en su caso, se habilitan horas inhábiles para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, esto cuando la práctica de la notificación sea en su correo electrónico. - - - - - - - - - - Así lo proveyó y firma la suscrita Ana Sofía Reyes Rosales, Persona Habilitada del Instituto Estatal de Gestión Empresarial y Mejora Regulatoria del estado de Aguascalientes, de conformidad con el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios y artículo 45 de la Ley de General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - -Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-00289619