Aguascalientes - INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 16/01/2024 a la dependencia Aguascalientes - INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

Descripción1.- Que se informe el número de personas que se contrataron en el año 2023 bajo la modalidad de CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES. 2.- Que se informen los nombres de dichas personas contratadas bajo el régimen de contrato de prestación se servicios profesionales (honorarios) 2.- Que se informe y exhiban cuántos de dichos contratos de SERVICIOS PROFESIONALES efectivamente cuentan con cédula profesional que los acredita como profesionistas 3.- En caso de que alguno de dichos profesionistas no cuente con la cédula profesional que lo acredite como tal, que se informe por qué se utiliza la modalidad de contrato de prestación de servicios profesionales para contratar a personal que no reúne los requisitos indispensables para dicha modalidad, como lo es la CÉDULA PROFESIONALRespuesta del día30/01/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a treinta de enero del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia de Acceso a la Información con el número 010049924000041 presentada el dieciséis de enero del año dos mil veinticuatro, quien señala como medio para recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo el PAI.041.010049924000041, de igual manera téngase por señalado correo electrónico de su parte para oír y recibir notificaciones. Asimismo, se resuelve lo siguiente: 1.- Que se informe el número de personas que se contrataron en el año 2023 bajo la modalidad de CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES. R= Se le informa que de acuerdo a lo proporcionado por la Dirección de Capital Humano de este Instituto, el numero de personas contratadas por honorarios asimilados es de 487, y ademas de acuerdo a la Dirección Jurídica, se contrataron 7 personas bajo régimen de honorarios puros. 2.- Que se informen los nombres de dichas personas contratadas bajo el régimen de contrato de prestación de servicios profesionales (honorarios) R= Se adjunta la información al presente. 1.- Que se informe y exhiban cuántos de dichos contratos de SERVICIOS PROFESIONALES efectivamente cuentan con cédula profesional que los acredita como profesionistas. R= Se adjunta la relación al presente, y así mismo se en cuanto a exhibir dichos contratos se le informa que se encuentran de manera publica mismos que pueden ser consultados en la siguiente liga: https://eservicios2.aguascalientes.gob.mx/transparencia/SISCATV4VS/Vista.aspx?d=56&t=ISSEA 1.- Seleccionar en tipo de obligación: comunes 2.- Seleccionar la fracción XI - Personal contratado por honorarios por el sujeto obligado. 3.-Seleccionar el periodo a consultar. 4.Seleccionar archivo en excel del lado derecho de la fila. 3.- En caso de que alguno de dichos profesionistas no cuente con la cédula profesional que lo acredite como tal, que se informe por qué se utiliza la modalidad de contrato de prestación de servicios profesionales para contratar a personal que no reúne los requisitos indispensables para dicha modalidad, como lo es la CÉDULA PROFESIONAL. R= Se le informa que respecto a los contratados por asimilados, aquellos que no cuenten con cédula profesional se le dice que de acuerdo al profesiograma no es requisito indispensable contar con licenciatura, y en lo que respecta a los contratados por honorarios puros se informa que todos cumplen idóneamente con los requisitos previstos por la Ley de Profesiones del Estado de Aguascalientes y sus Lineamientos, para ejercer su derecho de establecer una relación contractual con este Instituto en la modalidad de servicios profesionales. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Con lo anterior se tiene por cumplido el derecho de acceso a la información. ---------------------------------- Notifíquese al solicitante por correo electrónico; Así mismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, lo anterior toda vez que la práctica de la notificación será a través de la Plataforma Nacional de Transparencia.-------------------------------------- Así lo proveyó y firma la suscrita el Lic. J. Jesús Prieto Diaz, Titular de la Unidad de Transparencia del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del EArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010049924000041

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta30/01/2024Fecha solicitud término30/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo