Aguascalientes - INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 21/10/2024 a la dependencia Aguascalientes - INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripción23) Cuál es la ruta de atención para proporcionar el servicio de aborto autoprocurado o consentido a una persona indígena (niña, adolescente, mujer o persona gestante) que acude a una institución pública de salud a solicitarlo de acuerdo con los criterios que la Suprema Corte de Justicia de la Nación desarrolló en la Acción de inconstitucionalidad 148/2017 sobre el respeto del derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes sobre la continuidad de su embarazo. o Adjuntar evidenciaOtros datos Respuesta del día01/11/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a primero de noviembre del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia de Acceso a la Información con el número 010049924000558 presentada el veintidós de octubre del año dos mil veinticuatro, quien señala como medio para recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo el PAI.558.10049924000558, de igual manera téngase por señalado correo electrónico de su parte para oír y recibir notificaciones. Asimismo, se resuelve lo siguiente: 23) Cuál es la ruta de atención para proporcionar el servicio de aborto autoprocurado o consentido a una persona indígena (niña, adolescente, mujer o persona gestante) que acude a una institución pública de salud a solicitarlo de acuerdo con los criterios que la Suprema Corte de Justicia de la Nación desarrolló en la Acción de inconstitucionalidad 148/2017 sobre el respeto del derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes sobre la continuidad de su embarazo. o Adjuntar evidencia R= La información es proporcionada por la Dirección de Servicios de Salud misma que se adjunta al presente. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Lo anterior se tiene por cumplido e derecho de acceso a la información. --------------------------------------- Notifíquese al solicitante por correo electrónico; Así mismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, lo anterior toda vez que la práctica de la notificación será a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. -------------------------------------- Así lo proveyó y firma el suscrito el Lic. J. Jesús Prieto Díaz, Titular de la Unidad de Transparencia del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010049924000558