Aguascalientes - INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 03/11/2024 a la dependencia Aguascalientes - INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónCon fundamento en los artículos 6° y 8° Constitucionales así como los artículos 3°, 9°, 36° y 30°, en su fracción I, III y IV, que al calce señala (Artículo 30 fracción I; Recabar y difundir la información a que se refiere el Artículo 9° además de propiciar que las áreas administrativas la actualicen periódicamente, Artículo 30 fracción III; Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre las Dependencias o Entidades u otros Sujetos Obligados que pudieran tener la información que solicitan; Artículo 30 fracción IV; Realizar los trámites internos de cada dependencia o entidad, necesarios para entregar la información solicitada, además de efectuar las notificaciones a los particulares), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes, solicito respetuosamente: Se me PROPORCIONE la información que se detalla a continuación; Del año 2010 a la fecha en que se rinda la respuesta ¿cuántas personas han nacido en Aguascalientes con los dos sexos o intersexuales? DOCUMENTACIÓN que solicito desde este momento me sea entregada POR ESTE MEDIO, previa notificación que se me haga a mi correo rodolfofranco2000@gmail.com. Respuesta del día05/11/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a cinco de noviembre del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia de Acceso a la Información con el número 010049924000629 presentada el cuatro de noviembre del año dos mil veinticuatro, quien señala como medio para recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley General de Transparencia, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo el PAI.629.010049924000629, de igual manera téngase por señalado correo electrónico de su parte para oír y recibir notificaciones. Asimismo, se resuelve lo siguiente: Con fundamento en los artículos 6° y 8° Constitucionales así como los artículos 3°, 9°, 36° y 30°, en su fracción I, III y IV, que al calce señala (Artículo 30 fracción I; Recabar y difundir la información a que se refiere el Artículo 9° además de propiciar que las áreas administrativas la actualicen periódicamente, Artículo 30 fracción III; Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre las Dependencias o Entidades u otros Sujetos Obligados que pudieran tener la información que solicitan; Artículo 30 fracción IV; Realizar los trámites internos de cada dependencia o entidad, necesarios para entregar la información solicitada, además de efectuar las notificaciones a los particulares), de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes, solicito respetuosamente: Se me PROPORCIONE la información que se detalla a continuación; Del año 2010 a la fecha en que se rinda la respuesta ¿cuántas personas han nacido en Aguascalientes con los dos sexos o intersexuales? DOCUMENTACIÓN que solicito desde este momento me sea entregada POR ESTE MEDIO, previa notificación que se me haga a mi correo rodolfofranco2000@gmail.com. R= Le informo que NO se cuenta con datos de nacimientos con 2 sexos o intersexuales, ya que la Secretaria de Salud estatal se apega al llenado del Certificado de Nacimiento federal, el cual en su apartado “DATOS DE LA (DEL) NACIDA/O VIVA/O Y DEL NACIMIENTO” en su inciso 19. SEXO solo existen las variables 1. HOMBRE y 2. MUJER. Lo anterior se tiene por cumplido e derecho de acceso a la información. -------------------------- Notifíquese al solicitante por correo electrónico; Así mismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, lo anterior toda vez que la práctica de la notificación será a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. ------------------------------------------------------------------------------------------------------ Así lo proveyó y firma el suscrito el Lic. Jesús Prieto Díaz Titular de la Unidad de Transparencia del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010049924000629