Aguascalientes - INSTITUTO DEL DEPORTE DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 17/01/2024 a la dependencia Aguascalientes - INSTITUTO DEL DEPORTE DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripción¿Cuenta la organización con alguna política pública, directriz u ordenamiento que garantice condiciones laborales de igualdad y no discriminación hacia las personas LGBTI que trabajan en la institución? Favor de describirlo. Asimismo, describir de qué manera garantiza el cumplimiento de este mecanismo, en caso de contar con él.Respuesta del día30/01/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a 30 de Enero del 2024. Vista la solicitud registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con el número 010050224000002 elaborada y recibida el 17 de enero por éste Instituto del Deporte del Estado de Aguascalientes, realizada por “VISIBLE”; y así mismo señala que desea recibir la información a través de la Plataforma Nacional de Transparencia; consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7,10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PAI-002-010050224000002/24, de igual manera téngasele como señalada la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones. En atención a su solicitud y de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, se le comunica que el Instituto del Deporte del Estado de Aguascalientes no cuenta con programas, capacitaciones o políticas para la atención de las personas LGBTI, no obstante, no contamos con ningún prejuicio o discriminación. La institución siempre recibe a todas las personas por igual con los principios y valores universales, con humanismo y disposición. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Con lo anterior se da por cumplido el deber de acceso a la información - - - - - - - - Dígasele al solicitante que en contra del presente acuerdo procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Notifíquese al solicitante a través de la Plataforma Nacional de Transparencia; Así mismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, lo anterior toda vez que la práctica de la notificación será a través de la Plataforma Nacional de Transparencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo proveyó y firma el suscrito Profr. Norber Camilo Velázquez, Titular de la Unidad de Enlace del Instituto del Deporte del Estado de Aguascalientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050224000002