Aguascalientes - INSTITUTO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 09/07/2024 a la dependencia Aguascalientes - INSTITUTO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

Descripción1.-Solicito conocer de cuánto es el recurso económico que destina el Gobierno del Estado para la operación o colaboración de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas o cualquier comisión u organismo que mantenga como principio la búsqueda de personas desaparecidas en la entidad. 2.- Favor de enumerar cada una de las comisiones, organizaciones, asociaciones o cualquier organismo que se conozca en el estado, y que se encarguen de la búsqueda de personas desaparecidas. A la par, favor de considerar de qué manera ayuda el gobierno estatal a estas organizaciones. 3.- ¿Cuántas personas desaparecidas se registraron en el estado durante cada uno de los años de 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y lo que va de este 2024? 4.- ¿Hay alguna ley o normativa estatal que se dirija a la atención ante la búsqueda y desaparición de personas? De ser así, favor de enumerar la normativa que se contenga en el estado de Guanajuato, y compartir los links o documentos con cada una de estas leyes, reglamentos o normativa en general. Respuesta del día11/07/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a 11 de julio de 2024. Vista la solicitud Registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia, con el número 010050424000036 presentada el 09 de julio de 2024, realizada por "Olalio Carreón”; quien señala como medio para oír y recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PT.036/24, de igual manera téngasele como señalado de su parte la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones se le informa lo siguiente respecto a su solicitud que a la letra dice: No. De folio: 010050424000036 Fecha de recepción: 09/julio/2024 Nombre del solicitante: Olalio Carreón Sujeto obligado: INSTITUTO ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE AGUASCALIENTES. Información solicitada: “1.-Solicito conocer de cuánto es el recurso económico que destina el Gobierno del Estado para la operación o colaboración de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas o cualquier comisión u organismo que mantenga como principio la búsqueda de personas desaparecidas en la entidad. 2.- Favor de enumerar cada una de las comisiones, organizaciones, asociaciones o cualquier organismo que se conozca en el estado, y que se encarguen de la búsqueda de personas desaparecidas. A la par, favor de considerar de qué manera ayuda el gobierno estatal a estas organizaciones. 3.- ¿Cuántas personas desaparecidas se registraron en el estado durante cada uno de los años de 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y lo que va de este 2024? 4.- ¿Hay alguna ley o normativa estatal que se dirija a la atención ante la búsqueda y desaparición de personas? De ser así, favor de enumerar la normativa que se contenga en el estado de Guanajuato, y compartir los links o documentos con cada una de estas leyes, reglamentos o normativa en general.” Una vez expuesto lo anterior, me permito señalar de conformidad con el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que a la letra señala: “Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes…”, aunado en referencia el artículo 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, que a la letra dice: “Cuando la Unidad de Transparencia determine la notoria incompetencia por parte del sujeto obligado dentro del ámbito de su aplicación, deberán comunicarlo al solicitante a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los Sujetos Obligados competentes…” de tal manera se le comunica que, esta Unidad de Transparencia cumple con lo dispuesto en los artículos descritos, señalándole que este Instituto Estatal de Seguridad Pública de Aguascalientes (IESPA) ahora Universidad de la Policía y Ciencias de la Seguridad (UNPOL), no es competente para atender su solicitud, toda vez que de acuerdo con el artículo 5° de la Ley de Creación de la Universidad de la Policía y Ciencias de la Seguridad de Aguascalientes, el IESPA/UNPOL tiene las funciones de capacitación, actualización y profesionalización de los integrantes y aspirantes a formar parte de las diferentes Instituciones de Seguridad Pública y Procuración de Justicia en el Estado. En consecuencia, este Sujeto Obligado no tiene las facultades para brindar la información correspondiente a sus requerimientos por lo cuaArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050424000036

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta23/07/2024Fecha solicitud término11/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo