Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS)

Solicitud del día 27/11/2023 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónPOR ESTE MEDIO SOLICITO LA INFORMACIÓN QUE SEÑALO A CONTINUACIÓN: 1.- PORCENTAJE E IMPORTE DE RECUPERACIÓN DE PARTICIPACIONES A LAS QUE REFIERE EL ARTICULO 3B DE LA LEY DE COORDINACION FISCAL EFECTIVAMENTE PAGADO Y ENTERADO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR) CORRESPONDIENTE AL SALARIO DE PERSONAL QUE LABORA EN DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES DE LOS AÑOS 2019, 2020, 2021, 2022 Y 2023. 2.- EXISTE O EXISTIÓ ALGÚN CONTRATO A DESPACHO O PERSONA FISICA O INTERMEDIARIO PARA QUE REALICE TRAMITES PARA PARA QUE SEAN ENTREGADAS LAS PARTICIPACIONES DEL PUNTO 1. 3.- EN CASO DE EXISTIR O HAYA EXISTIDO INFORMAR EL NOMBRE DE LOS DESPACHOS O PERSONAS FISICAS CONTRATADA PARA TAL SERVICIO, LOS PAGOS REALIZADOS POR LOS SERVICIOS. POR MES Y AÑO 4.- EN CASO DE EXISTIR CONTRATOS INFORMAR NOMBRE Y PUESTO DEL RESPONSABLE DE LA CONTRATACIÓN DETALLAR QUE TRABAJOS DE INTERMEDIACION QUE REALIZARON PARA LA RECUPERACION CUANDO ESTO PROCEDE DE MANERA AUTOMATICA . 5.- CUENTAN CON EL COMUNICADO 058 DEL SAT EMITIDO EL 18 DE JUNIO DEL 2019. 6.- REMITIR AL CORREO ELECTRONICO belgicaramirez77@gmail.com TODA LA INFORMACIÓN SOLICITADA POR LOS AÑOS SOLICITADOS EN EL PUNTO 1 7.- ENVIAR LIGA DE TRANSPARENCIA DONDE LOS CONTRATOS ESTAN DISPONIBLES PARA CONSULTA. Respuesta del día07/12/2023Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a 04 de diciembre del 2023. Vistas las solicitudes 010050823000244 y 010050823000245 elaboradas ante la Plataforma Nacional de Transparencia el 27 de noviembre del 2023 y teniéndose como presentadas en la misma fecha por el mismo medio, realizadas por “persona que no se identifica”; y señaló como medio para oír y recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7,10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ténganse por recibidas las solicitudes de referencia, ábranse expedientes y regístrense en el libro de gobierno con el número que les corresponda, siendo éstos el PAI.244.010050823000244/23 y PAI.245.010050823000245/23 de igual manera téngasele como señalado de su parte la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones. En atención a su solicitud realizada, le comento que, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, atendiendo a la literalidad de su pregunta, la Coordinación Jurídica y Asesoría Preventiva de la Dirección General Jurídica de la Secretaria de Administración del Estado de Aguascalientes emitió respuesta respecto a los puntos 2, 3, 4 y 7 de la solicitud por medio del oficio DGJU/CJAP/005/2023 de fecha 30 de noviembre de 2023, recibido por esta Unidad de Transparencia el día 04 diciembre de este mismo año, la cual funge como Unidad Administrativa Productora de la Documentación que nos ocupa de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 40, fracción II de la Ley de Archivos del Estado de Aguascalientes, me permito anexar al presente la respuesta del requerimiento de información respectivo con el cual se da atención a la solicitud que nos ocupa.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------De igual forma la Unidad Administrativa competente le informo en su momento que no existen contratos suscritos con persona moral denominada “despacho” ni con persona física y mucho menos con algún intermediario, mismas que fueron avaladas por la Quincuagésima Sesión Extraordinaria que emitieron el Comité de Transparencia de la Secretaría de Administración del estado de Aguascalientes.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -------------------------------Y en cuanto la información que requiere el solicitante respecto a los puntos 1 y 5 de su solicitud de conformidad con el artículo 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, atendiendo a la literalidad de su pregunta, se precisa que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28 fracciones IV, V, VI, VII, VIII, XXIII, XXXV y XL de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, la Secretaría de Finanzas del Estado de Aguascalientes tiene la facultad de intervenir en la elaboración y proponer los Convenios de Coordinación fiscal con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del Gobierno Federal así como de suscribir en el ámbito de su competencia convenios de coordinación con dependencias y entidades federales y ejercer las atribuciones que deriven de los mismos. Además, tiene la facultad de recaudar los ingresos ordinarios y extraordinarios y vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y disposiciones de carácter fiscal, como también administrar y custodiar los fondos y valores del Estado y representar al Poder Ejecutivo en materia fiscal e intervenir cuando se afecte Hacienda Pública y emitir la opinión de situación fiscal de cumplimiento de obligaciones fiscales, lo cual tiene relación con el fomento que hace la Secretaría de Hacienda y Crédito PúblicoArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050823000245

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetencia parcialTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaCopia SimpleFecha limite de respuesta11/12/2023Fecha solicitud término07/12/2023Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo