Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS)
Solicitud del día 27/11/2023 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónCon fundamento en los derechos de acceso a la información y de petición que están contenidos en los artículos 6 apartado A fracciones I,III, IV, V y VI, y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos respectivamente, así como los artículos 4 y 6 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) que establece que toda la información en posesión de los sujetos obligados es pública y que el Estado deberá garantizar el acceso a la información que cualquier autoridad, órgano y organismo posean, solicito por favor la siguiente información: 1. ¿En la secretaría se ha diseñado y/o implementado alguna política pública, programa o acción que tenga como objetivo promover las compras públicas sostenibles o verdes? Si la respuesta es afirmativa, ¿cuáles? 2. ¿En la secretaría se ha diseñado y/o implementado alguna política pública, programa o acción que tenga como objetivo promover el etiquetado ecológico, también conocido como eco-etiquetado? Si la respuesta es afirmativa, ¿cuáles? 3. ¿Cuál es la agenda de la secretaría en materia de sostenibilidad? 4. ¿Cuál es la agenda de la secretaría en materia de compras públicas? 5. ¿Los procesos de compras públicas realizados por las instituciones estatales incluyen la sostenibilidad como un criterio para la selección de proveedores? Respuesta del día07/12/2023Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a 06 de diciembre del 2023. Vista la solicitud 010050823000246 elaborada ante la Plataforma Nacional de Transparencia el 28 de noviembre del 2023 y presentada esa misma fecha, por el mismo medio, realizada por “Persona que no se identifica”; y señaló como medio para oír y recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7,10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PAI.246.010050823000246/23 de igual manera téngasele como señalado de su parte la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones. En atención a su solicitud realizada, le comento que, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, atendiendo a la literalidad de su pregunta, así como al oficio DGAD/577/2023 de fecha 04 de diciembre de 2023, recibido por esta Unidad de Transparencia en esa misma fecha, emitido por la Directora General de Adquisiciones de la Secretaria de Administración del Estado de Aguascalientes la cual funge como Unidad Administrativa Productora de la Documentación que nos ocupa de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 40, fracción II de la Ley de Archivos del Estado de Aguascalientes, me permito anexar al presente la respuesta del requerimiento de información respectivo con el cual se da atención a la solicitud que nos ocupa; y en ese sentido es que se precisa que, en relación con la información y documentación solicitada relativa al punto 1 la Dirección General de Adquisiciones de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes, no cuenta con facultades para promover ningún tipo de compras públicas, en cuanto a los puntos 2, 3, y 4 la Unidad Administrativa competente le informa que no existe en los archivos de esa Dirección General y en cuanto al punto número 5 se le informa que la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Aguascalientes y sus Municipios no incluye la sostenibilidad como un criterio para la selección de proveedores. ---------------------------------------------------------------------------------------------------- Es por ello que la Unidad Administrativa señalada con anterioridad, brindó atención a la solicitud de acceso a la información con número 010050823000246 a través del oficio con número DGAD/577/2023, documento que se adjunta al presente para su conocimiento. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Es menester señalar que en términos de lo dispuesto por los artículos 24 fracción I, 43 y 44 fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, la determinación de inexistencia a la que hace referencia en el oficio número DGAD/577/2023, fue confirmada por unanimidad de votos de los integrantes del Comité de Transparencia de la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Aguascalientes en Quincuagésima Primera Sesión Extraordinaria de fecha 05 de diciembre del año 2023. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Así mismo y en atención a su solicitud planteada en cuanto a la información y documentación solicitada por la Persona que no se identifica, esta Unidad de Transparencia de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes, le comunica en términos de lo dispuesto por el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con lo previsto por el artículo 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus MunArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050823000246