Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS)
Solicitud del día 27/03/2024 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónSolicito el nombre del proveedor de las tarjetas plásticas del programa Soluciones y su costo unitario. Así como el nombre del proveedor de la plataforma digital creada para fines de registro y el costo que tuvo la creación de la plataforma. Respuesta del día09/04/2024Texto de respuestaAguascalientes; Ags., a 08 de abril del 2024. Vista la solicitud 010050824000083 elaborada el día 27 de marzo de 2024 a través de la Plataforma Nacional de Transparencia y se tiene como presentada en esa misma fecha por ese mismo medio, realizada por “Proyectos Académicos”; y señaló como medio para oír y recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7,10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PAI.083.010050824000083/24 de igual manera téngansele como señalado de su parte la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones. En atención a sus solicitudes realizadas, le comento que, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, atendiendo a la literalidad de su pregunta, así como en relación con lo señalado en el oficio DGAD/169/2024 de fecha 04 de abril del 2024, emitido por la Dirección General de Adquisiciones de la Secretaria de Administración del Estado de Aguascalientes, la cual fungen como Unidad Administrativa Productora de la Documentación que nos ocupa de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 40, fracción II de la Ley de Archivos del Estado de Aguascalientes, recibido por esta Unidad de Transparencia en esa misma fecha, me permito anexar al presente la respuesta a la solicitud aludida con la cual se da respuesta a la que hoy nos ocupa respecto al proveedor contratado para la Adquisición de tarjetas soluciones Aguascalientes y el costo de las mismas.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- No se omite señalar que la actuación de esta Unidad de Transparencia de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes se limita en tramitar el seguimiento de la solicitud de acceso a la información con número 010050824000083, ello de conformidad con lo dispuesto por 45 fracciones II, IV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es por ello que tales actuaciones no habrán de confundirse de forma alguna con facultades y/o competencia en cuanto hace al contenido del oficio número DGAD/169/2024.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- En atención a su solicitud planteada sobre registros sobre el procedimiento de contratación para la construcción de la plataforma digital creada para fines de registro, esta Unidad de Transparencia de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes, le comunica en términos de lo dispuesto por el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con lo previsto por el artículo 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y apartado sexagésimo, Capítulo IV, del Título II de los Lineamientos para la Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, que establecen que “Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, y en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes y remitir de oficio a éstos la solicitud, en cuyo caso los términos para resolver previstos en el artículo 71, párrafos tercero y cuarto de la Ley dArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050824000083