Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS)
Solicitud del día 06/05/2024 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripción¿Cómo se distribuyen los recursos públicos administrados por la Secretaría de Administración Tributaria y cuáles son los criterios para esa distribución? ¿Qué medidas toma la SAT para garantizar que los recursos públicos se utilicen de manera eficiente y transparente? ¿Cuáles son los mecanismos de rendición de cuentas que la SAT implementa para informar al público sobre el uso de los recursos públicos? ¿Existe algún proceso de auditoría independiente para evaluar el manejo de los recursos públicos por parte de la SAT? ¿Cómo se garantiza la transparencia en los contratos y licitaciones públicas en las que participa la SAT para la adquisición de bienes y servicios?Respuesta del día08/05/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a 07 de mayo del 2024. Vista la solicitud 010050824000108 elaborada el día 07 de enero del 2024; y se tiene como presentada el en la misma fecha a través de la Plataforma Nacional de Transparencia; realizada por “Susana Cecilia Luna Herrera”; y señaló como medio para oír y recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7,10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PAI.108.010050824000108/24 de igual manera téngasele como señalado de su parte la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones. En atención a su solicitud planteada, esta Unidad de Transparencia de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes, le comunica en términos de lo dispuesto por el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con lo previsto por el artículo 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y apartado sexagésimo, Capítulo IV, del Título II de los Lineamientos para la Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, que establecen que “Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, y en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes y remitir de oficio a éstos la solicitud, en cuyo caso los términos para resolver previstos en el artículo 71, párrafos tercero y cuarto de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, comenzará a correr a partir de que la Unidad de Transparencia competente reciba la notificación respectiva”, es por ello que la información por Usted solicitada en su requerimiento de información, no guardan relación alguna con las facultades concedidas a esta Dependencia del Gobierno del Estado de Aguascalientes a través del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, las cuales son dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas, lineamientos y programas en materia de administración de personal, recursos materiales y servicios generales de la Administración Pública Estatal; coordinar el manejo y desenvolvimiento de las Unidades Administrativas, que realicen las funciones relacionadas con la ministración y administración de bienes, productos, servicios y recursos humanos que requiera la Administración Pública Estatal, en el desarrollo de las funciones encomendadas; acordar con la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado, la designación y remoción de los Titulares de las Unidades Administrativas de la Administración Pública Estatal, que realicen las funciones a que se refiere la fracción anterior; establecer políticas, normas y lineamientos en materia de administración, remuneración y desarrollo de personal de la Administración Pública Estatal; tramitar los nombramientos, remociones, licencias, renuncias, cambios de adscripción, licencias, bajas, jubilaciones y cualquier otra incidencia que modifique la relación jurídico laboral entre el Estado y sus servidores públicos; integrar, elaborar y remitir a la Secretaría de Finanzas para su pago, la nómina de los servidores públicos de las Dependencias de la Administración Pública Estatal, efectuando las retenciones fiscales y practicando los descuentos que legalmente correspondan; autorizar la estructura orgánica, creación, modificación y supresión de unidades administrativas y plazas de cada Dependencia de maneraArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050824000108