Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS)
Solicitud del día 15/05/2024 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónContratos celebrados en los últimos 5 años para recuperar las cantidades previstas en el artículo 3-B de la ley de Coordinación Fiscal, esto es las participaciones de la recaudación que se obtenga del impuesto sobre la renta que efectivamente se entere a la Federación, correspondiente al salario del personal que preste o desempeñe un servicio personal subordinado Respuesta del día30/05/2024Texto de respuestaAguascalientes; Ags., a 24 de mayo del 2024. Vista la solicitud 010050824000114 elaborada ante la Plataforma Nacional de Transparencia el 16 del mismo mes y año y teniéndose como presentada en la misma fecha por el mismo medio, realizada por “SATITO 1”; y señaló como medio para oír y recibir notificaciones la misma Plataforma, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7,10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ténganse por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PAI.114.010050824000114/24 de igual manera téngasele como señalado de su parte la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones. En atención a su solicitud realizada, le comento que, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, atendiendo a la literalidad de su pregunta, la Coordinación Jurídica y Asesoría Preventiva de la Dirección General Jurídica de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes emitió respuesta de su solicitud por medio del oficio CJAP/003/2024 de fecha 20 de mayo del año 2024, recibido por esta Unidad de Transparencia el día 24 del mismo mes y año, la cual funge como Unidad Administrativa Productora de la Documentación que nos ocupa de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 40, fracción II de la Ley de Archivos del Estado de Aguascalientes, me permito anexar al presente la respuesta del requerimiento de información respectivo con el cual se da atención a la solicitud que nos ocupa.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Es menester señalar que en términos de lo dispuesto por los artículos 24 fracción I, 43 y 44 fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, la determinación de inexistencia a la que hace referencia en el oficio número CJAP/003/2024, fue confirmada por unanimidad de votos de los integrantes del Comité de Transparencia de la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado de Aguascalientes en la Trigésima Cuarta Sesión Extraordinaria de fecha 24 de mayo del año 2024.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------No se omite señalar que la actuación de esta Unidad de Transparencia de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes se limita en tramitar el seguimiento de la solicitud de acceso a la información con número 010050824000114, ello de conformidad con lo dispuesto por 45 fracciones II, IV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es por ello que tales actuaciones no habrán de confundirse de forma alguna con facultades y/o competencia en cuanto hace al contenido del oficio número CJAP/003/2024.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Con lo anterior se da por cumplido el deber de acceso a la información.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Dígasele al solicitante que en contra la respuesta proporcionada procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el CapítulArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050824000114