Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS)

Solicitud del día 16/07/2024 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónEl gobierno del estado de Aguascalientes tiene establecido el Sistema Estatal de Bienes, en los cuales se pueda conocer el patrimonio de bienes inmuebles con que cuentan los entes públicos? 2. Cual es el Hipervinculo para conocer los bieenes inmuebles con que cuentan la administración pública del gobierno de Aguascalientes Respuesta del día29/07/2024Texto de respuestaAguascalientes; Ags., a 29 de julio del 2024. Vista la solicitud 010050824000144 elaborada ante la Plataforma Nacional de Transparencia el 16 del mismo mes y año y teniéndose como presentada en la misma fecha por el mismo medio, realizada por “Ciudadano”; y señaló como medio para oír y recibir notificaciones la misma Plataforma, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7,10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ténganse por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PAI.144.010050824000144/24 de igual manera téngasele como señalado de su parte la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones. En atención a su solicitud realizada, le comento que, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, atendiendo a la literalidad de su pregunta, el Director General de Control Patrimonial de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes emitió respuesta de su solicitud por medio del oficio DGCP/231/2024 de fecha 18 de junio del año 2024, recibido por esta Unidad de Transparencia el día 19 de julio del mismo año, la cual funge como Unidad Administrativa Productora de la Documentación que nos ocupa de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 40, fracción II de la Ley de Archivos del Estado de Aguascalientes, me permito anexar al presente la respuesta del requerimiento de información respectivo con el cual se da atención a la solicitud que nos ocupa.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------No se omite señalar que la actuación de esta Unidad de Transparencia de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes se limita en tramitar el seguimiento de la solicitud de acceso a la información con número 010050824000144, ello de conformidad con lo dispuesto por 45 fracciones II, IV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es por ello que tales actuaciones no habrán de confundirse de forma alguna con facultades y/o competencia en cuanto hace al contenido del oficio número DGCP/231/2024.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Con lo anterior se da por cumplido el deber de acceso a la información.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Dígasele al solicitante que en contra la respuesta proporcionada procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Notifíquese al solicitante por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia; Así mismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050824000144

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta30/07/2024Fecha solicitud término29/07/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo