Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS)

Solicitud del día 24/07/2024 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónEntiendo que estás buscando proponer preguntas para una plataforma de transparencia relacionadas con una empleada de la Consejería Jurídica llamada Frida Ileana Galindo Sánchez. Aquí te propongo algunas preguntas que podrías considerar: 1. ¿Cuál es la relación directa de Frida Ileana Galindo Sánchez con el Consejero Jurídico del Estado, el Licenciado Eduardo Ismael Aguilar Sierra ? 2.¿Cuál es el grado académico más alto obtenido por Frida Ileana Galindo Sánchez y en qué institución educativa lo obtuvo? Favor de adjuntar una copia del título correspondiente. 3. ¿Por qué Frida Ileana Galindo Sánchez ocupa el puesto de analista de procesos normativos si no cuenta con título universitario? 4. ¿Cuál es el horario de trabajo oficial de Frida Ileana Galindo Sánchez en la Consejería Jurídica? 5.¿Podrían proporcionarse detalles sobre la experiencia profesional de Frida Ileana Galindo Sánchez previa a su empleo actual en la Consejería Jurídica? 6. ¿Se han realizado reuniones o encuentros personales entre Frida Ileana Galindo Sánchez y el asesor jurídico Juan Francisco Amaro González, quien trabaja como particular? 7. ¿Existen comunicaciones documentadas o registros de reuniones entre Frida Ileana Galindo Sánchez y el Consejero Jurídico del Estado, Eduardo Aguilar Sierra fuera y dentro de las instalaciones institucionales ? 8. ¿Cómo puede asegurarse la Secretaría de la Administración Estatal de la asistencia de Frida Ileana Galindo Sánchez en la dependencia de la Consejería Jurídica del Estado de Aguascalientes? 9. ¿Cuáles son las responsabilidades y actividades específicas que desempeña Frida Ileana Galindo Sánchez como analista de procesos normativos en la Consejería Jurídica? 10. ¿Por qué y en qué capacidad está involucrada Frida Ileana Galindo Sánchez en temas electorales dentro de la Consejería Jurídica y en asuntos directos con Juan Francisco Amaro y Eduardo Ismael Aguilar Sierra ?Respuesta del día08/08/2024Texto de respuestaAguascalientes; Ags., a 08 de agosto del 2024. Vista la solicitud 010050824000150 elaborada ante la Plataforma Nacional de Transparencia el día 25 de julio del mismo año y teniéndose como presentada en la misma fecha por el mismo medio, realizada por “Deborah”; y señaló como medio para oír y recibir notificaciones la misma Plataforma, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7,10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ténganse por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PAI.150.010050824000150/24 de igual manera téngasele como señalado de su parte la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones. En atención a su solicitud realizada, le comento que, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, atendiendo a la literalidad de su pregunta, la Dirección General de Capital Humano de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes emitió respuesta de su solicitud por medio del oficio DGCH/1593/2024 de fecha 08 de agosto del año 2024, recibido por esta Unidad de Transparencia en la misma fecha, la cual funge como Unidad Administrativa Productora de la Documentación que nos ocupa de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 40, fracción II de la Ley de Archivos del Estado de Aguascalientes, me permito anexar al presente la respuesta del requerimiento de información respectivo con el cual se da atención a la solicitud que nos ocupa--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------No se omite señalar que la actuación de esta Unidad de Transparencia de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes se limita en tramitar el seguimiento de la solicitud de acceso a la información con número 010050824000150, ello de conformidad con lo dispuesto por 45 fracciones II, IV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es por ello que tales actuaciones no habrán de confundirse de forma alguna con facultades y/o competencia en cuanto hace al contenido del oficio número DGCH/1593/2024.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Con lo anterior se da por cumplido el deber de acceso a la información.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Dígasele al solicitante que en contra la respuesta proporcionada procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Notifíquese al solicitante por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia; Así mismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes.-------------------------------------------------Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050824000150

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta08/08/2024Fecha solicitud término08/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo