Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS)

Solicitud del día 06/08/2024 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónCon fundamento en el artículo 6to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos solicito lo siguiente: 1.-Diga cuál es el área en esa Secretaría que se encarga de integrar y/o cumplimentar las obligaciones establecidas en la Ley local de su entidad inherente a la de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados 2.-Diga si esa Dependencia cuenta con un oficial de datos personales 3.-Dentro de su estructura orgánica cuenta con un oficial de protección de datos personales 4.-Cómo se denomina el área en dónde se encuentra adscrito el oficial de datos personales 5.-Qué personal coadyuva con el oficial de datos personales 6.-Cuál es la categoría y salario que ostenta el oficial de datos personales 7.-Cuál es la categoría y salarios de los servidores públicos que de acuerdo a la estructura orgánica de esa dependencia forman parte del área donde se encuentra el oficial de datos personales 8.-De acuerdo a su estructura orgánica, con cuánto personal cuenta el oficial de datos personales para poder cumplir con la ley local en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligadosRespuesta del día21/08/2024Texto de respuestaAguascalientes; Ags., a 21 de agosto del 2024. Vista la solicitud 010050824000156 elaborada el día 06 del mismo mes y año a través de la Plataforma Nacional de Transparencia y se tiene como presentada en esa misma fecha por el mismo medio, realizada por “León E.”; y señaló como medio para oír y recibir notificaciones la misma Plataforma, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7,10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ténganse por recibida la solicitud de referencia, ábranse expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PAI.156.010050824000156/24 de igual manera téngansele como señalado de su parte la Plataforma Nacional de Transparencia para oír y recibir notificaciones. En atención a su solicitud realizada, le comento que, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, atendiendo a la literalidad de su pregunta, así como en relación con lo señalado en el oficio DGAS.0498/2024 de fecha 21 de agosto del 2024, emitido por la Dirección General de Administración y Servicios de la Secretaria de Administración del Estado de Aguascalientes, la cual funge como Unidad Administrativa Productora de la Documentación que nos ocupa de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 40, fracción II de la Ley de Archivos del Estado de Aguascalientes, recibido por esta Unidad de Transparencia en esa misma fecha, me permito anexar al presente la respuesta a la solicitud aludida con la cual se da respuesta a la que hoy nos ocupa.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------No se omite señalar que la actuación de esta Unidad de Transparencia de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes se limita en tramitar el seguimiento de la solicitud de acceso a la información con número 010050824000156, ello de conformidad con lo dispuesto por 45 fracciones II, IV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, es por ello que tales actuaciones no habrán de confundirse de forma alguna con facultades y/o competencia en cuanto hace al contenido del oficio número DGAS.0498/2024.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Con lo anterior se da por cumplido el deber de acceso a la información.---------------------------------------------------------------------------------------------------------Dígasele al solicitante que en contra la respuesta proporcionada procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------Notifíquese al solicitante por medio de la Plataforma Nacional de Transparencia; Así mismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, lo anterior toda vez que la práctica de la notificación será a través de la Plataforma Nacional de Transparencia .------------------------------------------------------------------Así lo proveyó y firma el Mtro. Christian Alberto Aguilera Torres, Coordinador Jurídico y Asesor Preventivo de la Dirección General JurídicArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050824000156

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta21/08/2024Fecha solicitud término21/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo