Aguascalientes - OFICINA DEL DESPACHO DE LA PERSONA TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO - (AGS)

Solicitud del día 25/01/2024 a la dependencia Aguascalientes - OFICINA DEL DESPACHO DE LA PERSONA TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónDerivado de la Reforma Constitucional en Materia Laboral, le solicito. 1.- Informe cuantos Jueces y Juezas, han sido nombrados para ocupar la titularidad de Juzgados de Primera Instancia en Materia Laboral. 2.- Cuantos de los Jueces y Juezas, nombrados para ocupar la titularidad de Juzgados de Primera Instancia en Materia Laboral, han sido readscritos, reubicados o removidos de su cargo derivado del Cumplimiento de la Ejecución de una Sentencia de Amparo. 3.- Informe si existe o existió un proceso de selección o convocatoria, para la selección de Juezas y Jueces en Materia Laboral para ocupar la titularidad de Juzgados de Primera Instancia en Materia Laboral. 4.- Otorgue la lista de ganadores o vencedores resultantes para se designados como Juezas y Jueces en Materia Laboral y ocupar la titularidad de Juzgados de Primera Instancia en Materia Laboral. 5.- Informe si existen Juicios de Amparo en contra de la designación de Juezas y Jueces en Materia Laboral y en su caso en cuantos ha sido otorgada la Protección Federal mediante el Amparo, para hacer valer los derechos de algún quejoso contra las Juezas y Jueces ya designados, para ser designado en su lugar.Respuesta del día09/02/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a nueve de enero del año dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada ante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información, PNT, con el número 0150924000006, el veintiséis de enero del año dos mil veinticuatro, realizada por el solicitante denominado “Yaris Uberto” , con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1°, 2°, 4°, 7°, 10° primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, consecuentemente téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.06.010050924000006/24. De igual manera, atento a lo requerido se realiza el siguiente: A C U E R D O: ÚNICO. – Derivado de una búsqueda exhaustiva, la información que versa en la misma, no es información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de este Sujeto Obligado “Oficina del Despacho de la Persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado”, toda vez que la misma, no se encuentra comprendida dentro de las facultades, competencia y funciones de este Sujeto Obligado, de conformidad con lo establecido en el artículo 8° de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal; así como el artículo 9 y 10 del Reglamento Interior de la Oficina del Despacho de la Persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado. Sin embargo, derivado a no contar con dicha información por lo anteriormente referido, este Sujeto Obligado apegado a los principios de máxima publicidad, transparencia y profesionalismo, hace de su conocimiento que dicha información solicitada resulta generada, obtenida, adquirida, transformada o en su caso en posesión del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, ello derivado a sus facultades dentro de la normatividad aplicable. Es por lo anteriormente señalado que el presente Sujeto Obligado recomienda dirigir la presente solicitud al Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, con la finalidad de lograr una respuesta clara por el Sujeto Obligado competente. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Con lo anterior se da por cumplido el deber de acceso a la información. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dígasele al solicitante que de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, procede de manera opcional el recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes o ante esta Unidad de Transparencia, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Notifíquese al solicitante por medio del Portan Nacional de Transparencia; así mismo se habilitan horas inhábiles para la realización de la notificación del presente al interesado, lo anterior con fundamento en el artículo 125 y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, toda vez que la práctica de la notificación será a su correo electrónico. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así lo proveyó y firma el suscrito, C. OSCAR EDUARDO PUEBLA DE ANDA, Titular de la UArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050924000006

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta12/02/2024Fecha solicitud término09/02/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo