Aguascalientes - OFICINA DEL DESPACHO DE LA PERSONA TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO - (AGS)

Solicitud del día 24/09/2024 a la dependencia Aguascalientes - OFICINA DEL DESPACHO DE LA PERSONA TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónSueldo base del Gobernador, viáticos, remuneración bruta y neta del 2024. Plazas de confianza y vacantes. Prestaciones.Respuesta del día08/10/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a ocho de octubre del año dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada ante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información, PNT, con el número 0150924000055, el veinticuatro de septiembre del año dos mil veinticuatro, realizada por el solicitante denominado “Maide” , con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1°, 2°, 4°, 7°, 10° primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, consecuentemente téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.55.010050924000055/24. De igual manera, atento a lo requerido se realiza el siguiente: A C U E R D O: PRIMERO. – Derivado de una búsqueda exhaustiva, la información que versa en la misma, en lo que respecta al sueldo base del Gobernador, remuneración bruta y neta del año 2024, así como las plazas de confianza y vacantes, no es información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de este Sujeto Obligado denominado “Oficina del Despacho de la Persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes”, toda vez que la misma, no se encuentra comprendida dentro de las facultades, competencia y funciones de este Sujeto Obligado, de conformidad con lo establecido en el artículo 9° de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, así como de los artículos 9° y 10° del Reglamento Interior de la Oficina del Despacho de la Persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado, siendo que en atención al principio de legalidad, no cuenta con las facultades para ejercer las acciones administrativas ni jurídicas para conocer respecto a la finalidad de la solicitud planteada. Sin embargo, apegado a los principios de máxima publicidad, transparencia y profesionalismo, se hace de su conocimiento que la misma, derivado a su naturaleza, y facultades legales de conformidad con lo normado por la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, así como en el Reglamento Interior de la Secretaría de Administración del Estado, corresponde a información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Administración del Estado de Aguascalientes, ello, atendiendo el principio de legalidad. SEGUNDO. – Derivado de una búsqueda exhaustiva, este Sujeto Obligado denominado “Oficina del Despacho de la Persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Aguascalientes”, pone a disposición del solicitante la información correspondiente a viáticos correspondientes al año 2024, al tenor de la siguiente liga, misma que corresponde a las obligaciones de transparencia de este sujeto obligado: https://eservicios2.aguascalientes.gob.mx/transparencia/SISCATV4VS/Vista.aspx?d=3&t=DESPACHO+DEL+EJECUTIVO&o=C Dentro de la presente liga, el solicitante cuenta con la información correspondiente a viáticos en la fracción IX de la misma, en la cual se encuentran reportados los dos primeros trimestres del año 2024 solicitado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Con lo anterior se da por cumplido el deber de acceso a la información. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Dígasele al solicitante que de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, procede de manera opcional el recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes o ante esta Unidad de Transparencia, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de TranspArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010050924000055

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta09/10/2024Fecha solicitud término08/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo