Aguascalientes - SECRETARÍA DESARROLLO SOCIAL - (AGS)
Solicitud del día 05/03/2024 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARÍA DESARROLLO SOCIAL - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónQuiero saber: - Si en la plaza principal y/o explanada principal y/o plaza de ayuntamiento del Municipio de Cosío, Aguascalientes, se encuentra instalada una bomba de agua. - En caso de que exista la bomba de agua referida en el punto anterior, quiero saber si dicha bomba es de uso exclusivo del personal del Ayuntamiento y/o Municipio de Cosío, o es de uso comunitario para los pobladores. - Quien es el propietario de la bomba de agua que se encuentra instalada en la plaza principal y/o explanada principal y/o plaza de ayuntamiento del Municipio de Cosío, Aguascalientes. De ser posible adjuntar la documentación correspondiente a la propiedad de dicha instalación. - Quien se encuentra a cargo de la vigilancia y cuidado de la bomba de agua que se encuentra instalada en la plaza principal y/o explanada principal y/o plaza de ayuntamiento del Municipio de Cosío, Aguascalientes. - A qué organismo, dependencia o departamento le corresponde la obligación de proporcionar y administrar el servicio de agua del Municipio de Cosío, Aguascalientes. - Informar si en los últimos 3 años el municipio y/o cualquier otra dependencia pública ha realizado mantenimiento a la instalación de la bomba de agua que se encuentra instalada en la plaza principal y/o explanada principal y/o plaza de ayuntamiento del Municipio de Cosío, Aguascalientes - Describir por favor en qué han consistidos los mantenimientos referidos en el punto anterior y en su caso adjuntar la documentación que acredite dichos trabajos. - Informar si en los últimos 3 años el municipio y/o cualquier otra dependencia pública ha realizado modificaciones a la instalación de la bomba de agua que se encuentra instalada en la plaza principal y/o explanada principal y/o plaza de ayuntamiento del Municipio de Cosío, Aguascalientes. - Describir por favor en qué han consistidos las modificaciones referidas en el punto anterior y en su caso adjuntar la documentación que acredite dichos trabajos. - Informar si en los últimos 3 años han tenido algún accidente o siniestro relacionado con la bomba de agua que se encuentra instalada en la plaza principal y/o explanada principal y/o plaza de ayuntamiento del Municipio de Cosío, Aguascalientes. - Informar si el día 18 de junio de 2023 registraron la existencia de algún siniestro que tuviera acontecimiento en la plaza principal y/o explanada principal y/o plaza de ayuntamiento del Municipio de Cosío, Aguascalientes. - Describir en qué consistió el siniestro referido en el punto anterior. - El municipio, organismo, y/o dependencia y/o departamento le corresponde la obligación de proporcionar y administrar el servicio de agua del Municipio de Cosío, Aguascalientes tiene a su cargo el cuidado y administración de la bomba de agua que se encuentra instalada en la plaza principal y/o explanada principal y/o plaza de ayuntamiento del Municipio de Cosío, Aguascalientes. - En su caso, señalar cual es la dependencia, organismo y/o departamento, y/o ente que se encarga del uso de la bomba de agua que se encuentra instalada en la plaza principal y/o explanada principal y/o plaza de ayuntamiento del Municipio de Cosío, Aguascalientes. Respuesta del día05/03/2024Texto de respuestaRespecto a la información solicitada se le hace de su conocimiento que según las atribuciones previstas por la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, el Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Social del Estado de Aguascalientes no crea, administra o tiene en su posesión la información solicitada, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 136 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios se le informa que redirija su solicitud; lo anterior derivado a que la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Aguascalientes no tiene información sobre su solicitud. Asimismo, se le informa que de acuerdo a la propia Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública no es necesario la intervención del Comité de Transparencia, para robustecer lo anterior sirve como apoyo la siguiente resolución emitida por el Instituto Nacional de Acceso a la Información. Casos en los que no es necesario que el Comité de Transparencia confirme formalmente la inexistencia de la información. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen el procedimiento que deben seguir los sujetos obligados cuando la información solicitada no se encuentre en sus archivos; el cual implica, entre otras cosas, que el Comité de Transparencia confirme la inexistencia manifestada por las áreas competentes que hubiesen realizado la búsqueda de la información. No obstante, lo anterior, en aquellos casos en que no se advierta obligación alguna de los sujetos obligados para contar con la información, derivado del análisis a la normativa aplicable a la materia de la solicitud; y además no se tengan elementos de convicción que permitan suponer que ésta debe obrar en sus archivos, no será necesario que el Comité de Transparencia emita una resolución que confirme la inexistencia de la información. Resoluciones: • RRA 2959/16. Secretaría de Gobernación. 23 de noviembre de 2016. Por unanimidad. Comisionado Ponente Rosendoevgueni Monterrey Chepov. • RRA 3186/16. Petróleos Mexicanos. 13 de diciembre de 2016. Por unanimidad. Comisionado Ponente Francisco Javier Acuña Llamas. • RRA 4216/16. Cámara de Diputados. 05 de enero de 2017. Por unanimidad. Comisionada Ponente Areli Cano Guadiana. Con lo anterior, se da por cumplido el deber de acceso a la información; se informa al solicitante que con fundamento en el artículo 142 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en contra del presente acuerdo procede el Recurso de Revisión de manera directa o por medios electrónicos ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes o ante ésta unidad de Transparencia de SEDESO del Estado de Aguascalientes, teniendo un término de quince días siguientes a la fecha de la notificación de respuesta, para la interposición de dicho recurso. Así lo proveyó y firma la suscrita Lic. María Guadalupe Robles Quezada, Titular de la Unidad de Transparencia y acceso a la Información Pública de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Aguascalientes.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010051524000019