Aguascalientes - CONTRALORÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 07/12/2023 a la dependencia Aguascalientes - CONTRALORÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónEn cuantas resoluciones de la unidad substanciadora o resolutora ha emitido como sanción administrativa por faltas no graves la amonestación publica en el mes de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio del año 2023, independientemente de que antes del mes de junio la unidad substanciadora recaía en la dirección general jurídica, favor de dividir. A su vez indicar cuantos son hombres sancionados y cuantas mujeres son sancionadasRespuesta del día19/12/2023Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a 18 de diciembre del 2023, vista la solicitud 010051923000215 presentada ante la Plataforma Nacional de Transparencia el 07 de diciembre del 2023, por quien no se identifica y señalando como medio para oír y recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número PAI.215.010051923000215/2023. ---------- En atención a su solicitud realizada, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios y 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, esta Unidad de Transparencia de la Contraloría del Estado hace de su conocimiento el oficio USCE/691/2023, emitido por la Unidad Substanciadora de la Contraloría del Estado, y el oficio DGJCE/748/2023, emitido por la Dirección General Jurídica de la Contraloría del Estado, a través de los cuales, se da contestación a sus requerimientos plasmados en su solicitud de acceso a la información pública. -------------------------------------------------------- Dígasele al solicitante que en contra la respuesta proporcionada procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ------ Notifíquese al solicitante por el medio para recibir notificaciones señalado; asimismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes. --------------------------------------------------------------------------------------- Así lo proveyó y firma el Maestro en Derecho Erick Rubén Rodríguez Martínez, Titular de la Unidad de Transparencia de la Contraloría del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ---------------------------------------------------------------------- Maestro en Derecho Erick Rubén Rodríguez Martínez Titular de la Unidad de Transparencia de la Contraloría del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010051923000215