Aguascalientes - CONTRALORÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 17/01/2024 a la dependencia Aguascalientes - CONTRALORÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónCon base en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículos 60, 70 fracc. XXVII y XXVIII de la Ley General de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público así como la legislación local en la materia, solicitamos la siguiente información: De los contratos realizados con la persona moral “Seguritech Privada S.A. de C.V” durante los años 2021 y 2022: a) Número de contrato b) Nombre del contrato y c) Sujeto obligado que llevó a cabo la compra. Además, atentamente solicitamos los siguientes documentos según la modalidad de compra: Licitación pública (Art. 70 fracc. XXVIII, inciso a LGTAIP) La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo; Los nombres de los participantes o invitados; El nombre del ganador y las razones que lo justifican; El Área solicitante y la responsable de su ejecución; Las convocatorias e invitaciones emitidas; Los dictámenes y fallo de adjudicación; El contrato y, en su caso, sus anexos; Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda; La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable; Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva; Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración; Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados; El convenio de terminación El finiquito; Estudio de mercado (según legislación local) Invitación restringida (Art. 70 fracc. XXVIII, inciso a LGTAIP) La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo; Los nombres de los participantes o invitados; El nombre del ganador y las razones que lo justifican; El Área solicitante y la responsable de su ejecución; Las convocatorias e invitaciones emitidas; Los dictámenes y fallo de adjudicación; El contrato y, en su caso, sus anexos; Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda; La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable; Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva; Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración; Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados; El convenio de terminación El finiquito; Estudio de mercado (según legislación local) Dictamen de excepción a la licitación pública (según legislación local) Adjudicación directa (Art. 70 fracc. XXVIII, inciso b, LGTAIP) La propuesta enviada por el participante; Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevar a cabo la adjudicación (dictamen de excepción) La autorización del ejercicio de la opción; En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos; (estudio de mercado) El nombre de la persona física o moral adjudicada; La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución; El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra; Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda; Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados; . El convenio de terminación, y El finiquito; Finalmente, solicitamos que toda la información se brinde en formato abierto que garantice el acceso a la información, como lo establece el artículo 3 fracción VI de la Ley General.Respuesta del día24/01/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a 24 de enero del 2024, vista la solicitud 010051924000006 presentada ante la Plataforma Nacional de Transparencia el 17 de enero del 2024, por quien se identifica como “Investigación Seguridad MX” y señalando como medio para oír y recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número PAI.006.010051924000006/2024. ---------- En atención a su solicitud realizada, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios y 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, esta Unidad de Transparencia de la Contraloría del Estado hace de su conocimiento el oficio DGA/018/2024, emitido por la Dirección General de Administración de la Contraloría del Estado, a través del cual, se da contestación a sus requerimientos plasmados en su solicitud de acceso a la información pública. ------------------------------------------------------------------------------------- Dígasele al solicitante que en contra la respuesta proporcionada procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ------ Notifíquese al solicitante por el medio para recibir notificaciones señalado; asimismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes. --------------------------------------------------------------------------------------- Así lo proveyó y firma el Maestro en Derecho Erick Rubén Rodríguez Martínez, Titular de la Unidad de Transparencia de la Contraloría del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ---------------------------------------------------------------------- Maestro en Derecho Erick Rubén Rodríguez Martínez Titular de la Unidad de Transparencia de la Contraloría del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010051924000006

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta31/01/2024Fecha solicitud término24/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo