Aguascalientes - CONTRALORÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 10/07/2024 a la dependencia Aguascalientes - CONTRALORÍA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónEn el portal oficial de Gobierno del Estado, en el apartado de Transparencia, se enumeran los diferentes puestos y remuneraciones de las personas que en el momento del informe laboran en la institución. Se documenta que en 2022 la C. Dalia Guadalupe Macias Rosales funge como Titular de la Unidad Auditora, dependiente de la Contraloría del Estado de Aguascalientes, pero con trabajo directo en Radio y Televisión de Aguascalientes, mientras que en 2023 pasa a ser la Encargada de Contabilidad de la última mencionada. La información que se genera de manera pública no define la experiencia que tiene la actual encargada de contabilidad en el área, por lo que se solicita el currículum actualizado de la mencionada, con los datos que se pudieren hacer públicos de su parte. - ¿Se justifica en hecho de pasar de un puesto a otro (de ser la auditora a ser la contadora), sin generar conflicto de intereses, al ser la titular de la instancia que en su momento investigó las acciones realizadas por la anterior encargada de Contabilidad, C. Karen Margarita Hernández Velasco, y del director administrativo, C. Eduardo Enrique González de Santiago? - Se solicita la investigación documental realizada por la mencionada C. Dalia Guadalupe Macias Rosales, en lo concerniente al desvío de recursos plasmado mediante denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción del Estado de Aguascalientes, donde se acusa a la anterior encargada de contabilidad y director administrativo. Esto para documentar una investigación realizada sobre el tema, donde haya posibles conflictos de interés por parte de la actual encargada de contabilidad, asumiendo un puesto en un área que previamente ella misma habría investigado (en el mejor de los casos) y de la cuál documentar si se hizo reporte, denuncia o apercibimiento alguno sobre el tema. - De no existir tales investigaciones, señalar por qué no se realizan y no se consideran omisión de responsabilidades al no documentar o notar el desvío de recursos estando dentro de la institución y, como lo marcan las actividades del puesto de Titular de la Unidad Auditora, realizando la revisión constante de los recursos de la institución. - Definir en qué condiciones asume el puesto sin considerar el conflicto de interés que deriva el estar relacionada directamente como investigadora del caso en el momento de los hechos. Se le ofrece el puesto de manera directa, se concursa el mismo, o se impone mediante alguna designación superior. Describir el método de asignación. - Justificación legal de otorgar el puesto de encargada de contabilidad a quien tiene conflicto de intereses al ser en el momento de los hechos investigados, la titular del órgano auditor, y más aún, conservarla en el mismo dentro del transcurso de las investigaciones. - Informe detallado de la investigación realizada por la Fiscalía Anticorrupción del Estado de Aguascalientes, incluyendo las medidas tomadas por la institución para evitar estas acciones, la probidad de su personal y si al momento ya hay una devolución o se logró resarcir el daño ocasionado en su momento por el desvío de recursos. Tenemos información que deriva en el hecho de que la C. Dalia Guadalupe Macias Rosales tenía conocimiento de los hechos que involucran a su antecesora, y que omitió el abrir una investigación del acto en el momento de la detección del movimiento ilícito de recursos públicos, y que se abre la misma hasta que se asume el puesto de contabilidad, donde bien se puede manipular la información a favor o en contra de quien se denuncia. En el entendido de que la información de carácter público no se enumeran ciertos aspectos, como la responsabilidad civil, laboral o profesional que conlleva el omitir cierta información con el fin de evadir responsabilidades, se solicita la siguiente información además de la mencionada en el contexto anterior.Respuesta del día11/07/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a 11 de julio del 2024, vista la solicitud 010051924000041 presentada ante la Plataforma Nacional de Transparencia el 10 de julio del 2024, realizada por quien se identifica como “Investigaciones Especiales HD” y señalando como medio para oír y recibir notificaciones la Plataforma Nacional de Transparencia, consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 4, 7, 10 primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el libro de gobierno con el número PAI.041. 010051924000041/2024. ------------------------------------------------------------------------------- En atención a su solicitud realizada, de conformidad con el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, esta Unidad de Transparencia de la Contraloría del Estado, hace de conocimiento al solicitante que la C. Dalia Guadalupe Macias Rosales no labora ni ha laborado en esta Contraloría del Estado, asimismo, la información solicitada relacionada con la Investigación por la Fiscalía Anticorrupción del Estado de Aguascalientes, está fuera de nuestra competencia, por tanto, no se cuenta con información de la misma, de ahí la Notoria Incompetencia por parte de esta Contraloría del Estado por no estar dentro de nuestro ámbito de aplicación la información solicitada; se le orienta al solicitante para que haga su solicitud a Radio y Televisión de Aguascalientes y a la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. --------------------------- Dígasele al solicitante que en contra la respuesta proporcionada procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ------ Notifíquese al solicitante por el medio para recibir notificaciones señalado; asimismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes. --------------------------------------------------------------------------------------- Así lo proveyó y firma el Maestro en Derecho Erick Rubén Rodríguez Martínez, Titular de la Unidad de Transparencia de la Contraloría del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, y el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ---------------------------------------------------------------------- Maestro en Derecho Erick Rubén Rodríguez Martínez Titular de la Unidad de Transparencia de la Contraloría del Estado.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010051924000041