Aguascalientes - SECRETARÍA DE GESTION URBANISTICA ORDENAMIENTO TERRITORIAL REGISTRAL Y CATASTRAL - (AGS)
Solicitud del día 29/09/2022 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARÍA DE GESTION URBANISTICA ORDENAMIENTO TERRITORIAL REGISTRAL Y CATASTRAL - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónSolicito copia de las actas entrega recepción que se llevaron a cabo en el año 2022.Respuesta del día05/10/2022Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, cinco de octubre de dos mil veintidós. Vista la solicitud registrada ante la Plataforma Nacional de Transparencia con el número 010052022000082, y presentada por Ramses Aldeco Reyes Retana, el día treinta de septiembre del dos mil veintidós, y asignada el mismo día; consecuentemente con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 4°, 7°, 13, 19, 23, 25, 45 y 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número SIPOT.088.010052022000082/2022. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en cuanto a su solicitud: “(…) Solicito copia de las actas entrega recepción que se llevaron a cabo en el año 2022. (…)” Le informo lo siguiente: LE COMUNICO, QUE ESTA DEPENDENCIA ES INCOMPETENTE PARA DAR RESPUESTA A SU SOLICITUD DE INFORMACIÓN, EN VIRTUD DE QUE LO REQUERIDO, NO SE ENCUENTRA COMPRENDIDO DENTRO DE LAS ATRIBUCIONES DE ESTA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, PARTICIPACIÓN Y DESARROLLO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 33 Y QUINTO TRANSITORIO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL; NO OBSTANTE LO ANTERIOR, LE INFORMO QUE LA CONTRALORIA DEL ESTADO ES LA AUTORIDAD FACULTADA PARA DAR RESPUESTA A SU SOLICITUD, ATENDIENDO A LO SEÑALADO POR EL ARTÍCULO 43, XVIII DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL. Con lo anterior, se da por cumplido el deber de acceso a la información. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Dígasele al solicitante que en contra del presente acuerdo procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 142 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. --------------------------------------------- Notifíquese al solicitante por correo electrónico; Así mismo se habilitan horas inhábiles, para la realización de la notificación del presente al interesado con fundamento, en el artículo 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con el artículo 34 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Aguascalientes, lo anterior toda vez que la práctica de la notificación será a su correo electrónico.------------------------------------------------------ Así lo proveyó y firma el suscrito. Lic. Carlos Fernando Durán Correa, Servidor Público habilitado para dar trámite y contestación a las solicitudes formuladas en términos del Artículo 45 fracción VII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación a lo establecido en el artículo 33 y QUNTO TRANSITORIO de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal- ----------------------------------------------------------------------------------------------------Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010052022000082