Aguascalientes - SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS - (AGS)

Solicitud del día 03/01/2024 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónSe solicita se proporcionen todas las operaciones de compra de Dólares (Moneda de Curso Legal en los Estados Unidos de América) realizadas por parte de las instituciones públicas gubernamentales de la entidad federativa, a la persona moral denominada CIBanco, S.A., Institución de Banca Múltiple y/o CI Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, dentro del período comprendido entre el mes de septiembre del año 2018 al mes de diciembre de 2023, debiendo incluir el tipo de cambio al cual realizaron dicha adquisición. Asimismo, se solicita información respecto a cualquier contrato suscrito entre la entidad federativa y/o cualquiera de las dependencias de dicha entidad federativa con CIBanco, S.A., Institución de Banca Múltiple y/o CI Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, dentro del período comprendido entre el mes de septiembre del año 2018 al mes de diciembre de 2023.Respuesta del día04/01/2024Texto de respuestaPor lo que respecta a su solicitud, con fundamento en el artículo 45 fracción V de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en relación con lo señalado por el artículo 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, esta Unidad de Transparencia de la Secretaría de Obras Públicas, hace de su conocimiento que: ----------------- Es de suma importancia puntualizar que, de conformidad con lo señalado por la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, la Administración Pública Centralizada está integrada por dependencias y cada una de ellas, cuenta con facultades para el despacho de los asuntos que la propia normativa determina, de modo que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 5° y 12 fracciones III y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, tanto la Secretaría de Obras Públicas del Estado, así como la Secretaría de Finanzas son dependencias que forman parte de la administración pública centralizada.----------------------------------------------------------------------------------------- En este orden de ideas, la información por usted solicitada, no guarda relación alguna con las facultades concedidas a esta Secretaría de Obras Públicas del Estado de Aguascalientes por el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, sino que se relaciona directamente con las atribuciones conferidas a la SECRETARÍA DE FINANZAS, pues entre sus facultades se encuentran las de Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la política en materia económica, fiscal, administrativa, presupuestaria y de deuda pública del Estado, Administrar y custodiar los fondos y valores del Estado, así como establecer las bases y condiciones generales para la contratación y operación de los servicios financieros y bancarios, que regirán para todas las Dependencias del Gobierno del Estado y proponerlas a las Entidades Paraestatales, en términos de los artículos: 28 fracción I y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes.------------------------------------------- En este sentido y atendiendo a lo señalado por el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios y apartado sexagésimo, Capítulo IV, del Título II de los Lineamientos para la Implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, que establecen que: ---------- “Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, y en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes y remitir de oficio a éstos la solicitud, en cuyo caso los términos para resolver previstos en el artículo 71, párrafos tercero y cuarto de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, comenzará a correr a partir de que la Unidad de Transparencia competente reciba la notificación respectiva”.------------------------------------------------------------------------------------------ Por lo anterior, se procede a determinar la notoria incompetencia por parte de esta Unidad de Transparencia para atender su solicitud de acceso a la información, por lo que, en este acto, se procede a remitir su requerimiento de acceso a la información, mediante la Plataforma Nacional de Transparencia al sujeto obligado competente, es decir, a la Secretaría de Finanzas del Estado.------ Con lo anterior, se tiene por cumplido el deber de acceso a la información. -----------------------------------------Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010052224000003

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria Incompetencia/Sugerir otra dependenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta17/01/2024Fecha solicitud término04/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Ejecutivo