Aguascalientes - SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA - (AGS)
Solicitud del día 17/10/2024 a la dependencia Aguascalientes - SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónDe acuerdo con lo estipulado en el artículo 35 de la Ley Nacional del Uso de la Fuerza (LNUF), legislación que rige a esta institución, existe la obligación de generar informes públicos anuales en los que se registren las actividades que involucran el uso de la fuerza. Se le recuerda que, conforme a la definición establecida en el artículo 3°-XIV de la LNUF, el uso de la fuerza NO se limita a los casos en que se cometen violaciones a los derechos de las personas detenidas. Se esperaría que existieran informes correspondientes a los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023. La ley estipula que estos informes deben contener, como mínimo, la siguiente información: "I. Los datos relacionados con las detenciones; II. Los resultados de la evaluación corporal que se realice a las personas detenidas; III. El número de personas fallecidas por el uso de la fuerza, desagregado por sexo, y IV. En su caso, recomendaciones que con motivo de estos eventos hayan emitido los organismos públicos de derechos humanos, y la atención que se haya dado a las mismas." De acuerdo a la información anterior, se solicita al sujeto obligado proporcionar la siguiente información: *Se recuerda que al estar estipulados desde la ley (LNUF) como informes públicos, estos son distintos a los informes internos o a los informes policiales homologados, por lo mismo, se entiende que la información solicitada no puede establecerse como clasificada, pues desde su origen se hace explícito el carácter público de estos informes. 1. ¿Se han realizado estos informes?, ¿en qué años? 2. Se solicita que se compartan estos informes públicos anuales que se han realizado; se especifica que no es de mi interés que el órgano interno de transparencia genere un informe con los puntos establecidos (detenciones, evaluaciones, fallecidos, etc.), sino que se está solicitando el informe público (de cada año) que de acuerdo al art. 35 de la LNUF este sujeto obligado debe realizar anualmente. 3. En caso de que no se hayan realizado los informes públicos anuales (en uno o todos los años, desde que entró en vigor la LNUF), se solicita que se especifique lo siguiente: a) Motivos por los que no se han generado estos informes públicos anuales b) Acciones llevadas a cabo para remediar la situación y poder cumplir con el art. 35° de la LNUF c) ¿Qué acciones ha llevado a cabo el sujeto obligado para que en 2024 sea posible generar un informe público que cumpla con lo establecido en la LNUF?Respuesta del día31/10/2024Texto de respuestaLa respuesta a su solicitud de acceso a la información se encuentra en el archivo adjunto, en caso de tener algún problema para descargar el archivo adjunto, o tener cualquier duda acerca de la información proporcionada, por favor notificarlo al correo electrónico: jessica.villalpando@aguascalientes.gob.mx., o comunicarse con la Lic. Norma Araceli Cardona López Directora General Jurídica y Titular de la Unidad de Transparencia la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Aguascalientes, número telefónico 449 910 20 55 extensión 6678 de esta Unidad de Transparencia de la Secretaría de Seguridad Pública, ubicada en las oficinas de la Dirección General Jurídica, segundo piso, Avenida Aguascalientes Oriente sin número, colonia Ex Ejido Ojocaliente, C.P. 20190, Aguascalientes, Aguascalientes, horario de atención de las 8:00 a la 16:00 horas, de lunes a viernes. Se le hace saber al solicitante que en contra de la respuesta otorgada, procede el recurso de revisión en términos del artículo 142 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010052424000315