Aguascalientes - SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES(DIF) - (AGS)
Solicitud del día 21/03/2024 a la dependencia Aguascalientes - SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES(DIF) - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónReferente a la atención a niños, niñas y adolescentes en condición de orfandad por feminicidio en la entidad, entre el 5 de agosto de 2021 y el 15 de marzo de 2024, informe: Cuántas notificaciones se recibieron, por parte de la Secretaría de Seguridad o el MP, de niños, niñas y adolescentes en presunta condición de orfandad por feminicidio en la entidad, desde que se emitió el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños Y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio y hasta el 15 de marzo de 2024. Cuántos diagnósticos iniciales se han realizado para atender a niños, niñas y adolescentes en condición de orfandad por feminicidio desde que se emitió el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños Y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio y hasta el 15 de marzo de 2024. Anexe los diagnósticos iniciales, protegiendo todos los datos personales. Cuántos planes de restitución de derechos se han elaborado para atender a niños, niñas y adolescentes en condición de orfandad por feminicidio desde que se emitió el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños Y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio y hasta el 15 de marzo de 2024. Anexe los planes de restitución de derechos, protegiendo todos los datos personales. Entregue el documento con las medidas de protección emitidas en atención a los derechos que se adviertan vulnerados dentro del plan de restitución de derechos de los NNAOF que se han atendido, protegiendo todos los datos personales, desde que se emitió el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños Y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio y hasta el 15 de marzo de 2024. En cuántos planes de restitución de derechos de NNAOF se ha emitido un informe de seguimiento, desde que se emitió el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños Y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio y hasta el 15 de marzo de 2024. Anexe el informe de seguimiento protegiendo todos los datos personales. Cuántas personas y de qué profesiones conforman el Grupo Multidisciplinario que hace los diagnósticos iniciales y los planes de restitución de derechos para NNAOFRespuesta del día01/04/2024Texto de respuestaSobre el particular, la Unidad de Transparencia procedió al análisis de la solicitud de información, por lo que de conformidad con el artículo 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se da a contestación a la solicitud de información mediante el presente acuerdo:-------------------------------------------- ÚNICO.- Respecto a la información que solicita, hago de su conocimiento que a la fecha a la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes no se le ha dado vista, canalizado o solicitado su intervención por parte de autoridad alguna para aplicar, activar, utilizar o brindar atención a alguna niña, niño o adolescente derivado del Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en condición de Orfandad por Feminicidio. Cabe señalar que, las autoridades señaladas para intervenir respecto el Protocolo en primera instancia, es el personal de Seguridad Pública o en su caso, la Fiscalía General del Estado, autoridad que al detectar a alguna niña, niño o adolescente en situación de orfandad por feminicidio, debe de hacer del conocimiento de la Procuraduría en cita para su intervención, situación que hasta el momento no se ha presentado, por lo cual se ha llevado a cabo ninguna de las acciones referidas.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Con lo anterior, se da por cumplido el deber de acceso a la información. ------------------------------------------------- Dígasele al solicitante que en contra del presente acuerdo procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Así lo proveyó y firma el suscrito Lic. Martha Isabel de Jesús Vela Valdés, Titular de la Unidad de Transparencia y Enlace del SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA (DIF) del Estado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010052824000042