Aguascalientes - SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES(DIF) - (AGS)
Solicitud del día 23/10/2024 a la dependencia Aguascalientes - SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES(DIF) - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónPrevención y Atención Integral en Salud Mental ¿Qué políticas públicas implementa su institución para fomentar la prevención de problemas de salud mental en la población general? ¿Qué programas o acciones específicas tienen para la atención integral de personas con trastornos de salud mental? ¿En qué consiste dicha atención integral? ¿Existen programas específicos dirigidos a diferentes grupos etarios (niños, adolescentes, adultos, adultos mayores) para la prevención y atención de la salud mental? ¿Cómo se asegura que la atención en salud mental esté disponible y accesible para poblaciones en situaciones de vulnerabilidad? ¿Qué mecanismos existen para la integración de los servicios de salud mental con otros servicios de salud, como atención primaria o servicios sociales? Desestigmatización y Sensibilización ¿Qué acciones está llevando a cabo su institución para desestigmatizar los trastornos de salud mental en la sociedad? ¿Tienen campañas de sensibilización en marcha para educar al público sobre la importancia de la salud mental y eliminar estigmas asociados a los trastornos mentales? ¿Qué indicadores utilizan para medir el impacto de las campañas de desestigmatización en la sociedad? ¿Existen programas de formación o sensibilización para profesionales en áreas clave (educación, salud, seguridad, etc.) para mejorar la atención a personas con trastornos de salud mental? Atención a Personas Neurodivergentes ¿Qué políticas públicas están en marcha para apoyar a personas neurodivergentes en su institución? ¿Cómo se abordan las necesidades educativas y laborales de las personas neurodivergentes en los programas de inclusión? ¿Existen programas específicos para fomentar la integración social y laboral de personas neurodivergentes? ¿Qué tipo de apoyos reciben las familias de personas neurodivergentes dentro de los programas de su institución? ¿Qué mecanismos utilizan para asegurar que los servicios sean accesibles y apropiados para personas con neurodivergencia en términos de su diversidad y necesidades? Monitoreo y Evaluación de Políticas ¿Qué mecanismos de monitoreo y evaluación utilizan para asegurar que las políticas y acciones implementadas en salud mental y neurodivergencia están cumpliendo con sus objetivos? ¿Podría proporcionar estadísticas o informes sobre los avances y retos en la implementación de estas políticas en su estado o región? ¿Cómo se involucra a las comunidades y a las personas afectadas en el diseño y la evaluación de las políticas públicas en salud mental y neurodivergencia?Respuesta del día28/10/2024Texto de respuestaSobre el particular, la Unidad de Transparencia procedió al análisis de la solicitud de información, se da a contestación a la solicitud de información mediante el presente acuerdo:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ÚNICO. – De conformidad con los artículos 4° y 5° de la Ley Del Hospital De Psiquiatría “Dr. Gustavo León Mojica García” Del Estado De Aguascalientes que a la letra dicen: “ARTÍCULO 4°. - El Hospital tiene como objeto general, prestar atención psiquiátrica a la población que lo solicite, de acuerdo a las disposiciones de la Ley General y la Ley Estatal, los convenios que suscriba con instituciones públicas y privadas y de las políticas y programas vigentes en la materia, formulando y ejecutando las acciones necesarias para la consecución de tal fin. ARTÍCULO 5°. - El Hospital tendrá como objetivos específicos los siguientes: I. Desarrollar los programas de atención a usuarios, de conformidad con las normas, políticas y estrategias que establezcan en sus respectivos ámbitos de competencia el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de II. Salud y el Gobierno del Estado a través de la Secretaría; III. Apoyar los programas de salud pública que determinen las autoridades del Gobierno del Estado y Federales, formando parte del Sistema Estatal, Regional y Nacional de Salud; Atender a la población abierta, la afiliada al REPSS y la que acuda a recibir atención privada, de acuerdo a lo establecido en el presente ordenamiento; Página 2 de 13 IV. Prestar servicios de atención médica de tercer nivel de atención mediante acciones de promoción y prevención de enfermedades de origen mental; diagnóstico y tratamiento oportuno y rehabilitación física y psicosocial de los pacientes; Apoyar la formación y capacitación de recursos humanos para la salud en coordinación con las autoridades competentes en la materia; y V. Realizar investigación clínica, epidemiológica, experimental, de desarrollo tecnológico y básica, en las áreas biomédica y socio-médica, para la comprensión, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.” Por lo anterior, y tal como lo establece el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública, se declara la notoria INCOMPETENCIA para dar contestación a la solicitud que nos ocupa, por lo que dicha información puede ser solicitada al INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES. “Artículo 136.- Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligado, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes…” Con lo anterior, se da por cumplido el deber de acceso a la información. -------------------------------- Dígasele al solicitante que en contra del presente acuerdo procede de manera opcional el recurso de revisión de conformidad con el artículo 75 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, en términos de lo establecido por el Capítulo I, Título Octavo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.-------------------------------------------------------- Así lo proveyó y firma el suscrito Lic. Martha Isabel de Jesús Vela Valdés, Titular de la Unidad de Transparencia y Enlace del SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA (DIF) del Estado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. ---------------------------------------------------------- Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010052824000114