Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 18/02/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

Descripción1.-Podría proporcionarme por favor, el organigrama del Órgano o la Institución especializada en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia penal, sede judicial (no olvide poner el Consejo de certificación y el secretario técnico del consejo). 2.-Señalar qué área y quienes son los encargados del registro de la base de datos interna al que hace referencia el artículo 43, párrafo primero, de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversia en Materia Penal. Así como la normatividad adicional que los regula. 3.-Señalar qué área y quienes son los encargados del registro de la base de datos nacional a la que hace referencia el artículo 43, párrafo segundo, de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversia en Materia Penal. Así como la normatividad adicional que los regula. Respuesta del día22/03/2024Texto de respuestaEXPEDIENTE: PAI. PJE. 0064/2024 PNT 010053524000063 INSTANCIA VINCULADA: • CENTRO DE MEDIACIÓN DEL PODER JUDICIAL Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro se recibieron a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000063. 1. Solicitud de información 010053524000063. [“…1.-Podría proporcionarme por favor, el organigrama del Órgano o la Institución especializada en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia penal, sede judicial (no olvide poner el Consejo de certificación y el secretario técnico del consejo). 2.-Señalar qué área y quiénes son los encargados del registro de la base de datos interna al que hace referencia el artículo 43, párrafo primero, de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversia en Materia Penal. Así como la normatividad adicional que los regula. 3.-Señalar qué área y quiénes son los encargados del registro de la base de datos nacional a la que hace referencia el artículo 43, párrafo segundo, de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversia en Materia Penal. Así como la normatividad adicional que los regula…”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del veinte de marzo de dos mil veinticuatro, la Encargada de Despacho de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0064/2024 PNT 010053524000063. III. Requerimiento de información. Por oficio U.T. 0107/2024, signado por la Encargada de Despacho de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó al Centro de Mediación del Poder Judicial, para que se pronunciara sobre la existencia o no de la información solicitada, así como la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. La Directora del Centro de Mediación, mediante oficio 0138/2024, informó a esta Unidad de Transparencia lo siguiente: [“… Por medio del presente y en atención a la petición realizada mediante oficio U.T. 0107/2024, recibida en el Centro de Mediación del Poder Judicial del Estado mediante correo electrónico, el día veinte de marzo del año dos mil veinticuatro, relativo a una solicitud de información se señala lo siguiente: 1.-Podría proporcionarme por favor, el organigrama del Órgano o la Institución especializada en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia penal, sede judicial (no olvide poner el Consejo de certificación y el secretario técnico del consejo). 2.-Señalar qué área y quiénes son los encargados del registro de la base de datos interna al que hace referencia el artículo 43, párrafo primero, de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversia en Materia Penal. Así como la normatividad adicional que los regula. La base de datos interna mediante la cual se lleva a cabo el registro y actualización de los asuntos tramitados en el órgano especializado en mecanismos alternativos en materia penal es alimentada y actualizada por cada uno de las personas responsables de acuerdo a las funciones que realizan durante el proceso de los mecanismos alternativos en materia penal. En este sentido, el registro inicia en la Coordinación, continuando con la persona que realiza las invitaciones, posteriormente la captura de información, está a cargo de las personas facilitadoras y concluye en el área de seguimiento. Así cada persona funcionaria registra y actualiza lo que le corresponde dentro del sistema. Respecto al tratamiento estadístico de la informaciArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000063

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta04/03/2024Fecha solicitud término22/03/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Judicial