Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 21/03/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónSolicito atentamente que se me informe la cantidad de miembros del personal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Aguascalientes que actualmente cuenta con licencia sin goce de sueldo, y el número de las licencias vigentes que han sido prorrogadas. A su vez, solicito se me informe qué porcentaje de dichas licencias fueron solicitadas y aprobadas para que la persona solicitante ocupe un puesto o cargo público en el Estado de Aguascalientes. Respuesta del día10/04/2024Texto de respuestaEXPEDIENTE: PAI. PJE. 0096/2024 PNT 010053524000091 INSTANCIA VINCULADA: • DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL. Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al nueve de abril de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El veintidós de marzo de dos mil veinticuatro se recibió a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000091. 1. Misma que radica en lo siguiente. [“… Solicito atentamente que se me informe la cantidad de miembros del personal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Aguascalientes que actualmente cuenta con licencia sin goce de sueldo, y el número de las licencias vigentes que han sido prorrogadas. A su vez, solicito se me informe qué porcentaje de dichas licencias fueron solicitadas y aprobadas para que la persona solicitante ocupe un puesto o cargo público en el Estado de Aguascalientes. …”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro, la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0096/2024 PNT 010053524000091. III. Requerimiento de información. Por oficio U.T. 0118/2024, signado por la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó al Director de Administración de Personal, se pronunciara sobre la existencia o no de la información solicitada, así como la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. Por correo electrónico, el Director de Administración de Personal informó: [“… Solicito atentamente que se me informe la cantidad de miembros del personal del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Aguascalientes que actualmente cuenta con licencia sin goce de sueldo: 14 y el número de las licencias vigentes que han sido prorrogadas: 0 A su vez, solicito se me informe qué porcentaje de dichas licencias fueron solicitadas y aprobadas para que la persona solicitante ocupe un puesto o cargo público en el Estado de Aguascalientes: 71.4 % ...”] C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado es competente para conocer y dar respuesta a la solicitud de información que ahora nos ocupa, en términos de los artículos 6°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, 4 y 45, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Análisis de fondo. En principio se debe tener presente que el marco constitucional del derecho de acceso a la información comprende la posibilidad de que cualquier persona puede solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información que se encuentre integrada exclusivamente en documentos que registren el ejercicio de las atribuciones y facultades de un ente público, en términos de la Ley General de la materia, como en el caso que ahora nos ocupa, el solicitante a través de su petición y que se encuentra descrita en el Primer Antecedente del presente escrito. De la solicitud. Como se advierte de los antecedentes, se requirió diversa información sobre el personal que cuenta con licencia sin goce de sueldo actualmente, así mismo, cuantas han sido prorrogadas y el porcentaje de las licencias que se solicitaron para que la persona solicitante ocupe un cargo público. Para abordar el tema principal de lo requerido por la persona solicitante, se debe tener presente que en términos del artículo 129 de la Ley General de TransparArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000091