Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 03/05/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónDurango, Dgo., a 03 de mayo de 2024 Por medio del presente, y de la manera más atenta, me permito solicitar se me brinde información completa respecto a los salarios brutos y netos correspondientes al año 2023 y 2024, de los siguientes puestos: • Magistrado Presidente. • Magistrado de Sala. • Consejero de la Judicatura. • Juez de Primera Instancia. • Secretario General. • Secretario de Acuerdos de Juzgado. • Secretario Proyectista de Sala. • Actuario ejecutor. • Actuario notificador. • Director. • Oficial Judicial o su equivalente. Solicitando lo anterior con fundamento en el artículo 10 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Respuesta del día15/05/2024Texto de respuestaEXPEDIENTE: PAI. PJE. 0120/2024 PNT 010053524000116 INSTANCIA VINCULADA: • ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al quince de mayo de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El tres de mayo de dos mil veinticuatro se recibió a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000116. 1. Misma que radica en lo siguiente. [“… Durango, Dgo., a 03 de mayo de 2024 Por medio del presente, y de la manera más atenta, me permito solicitar se me brinde información completa respecto a los salarios brutos y netos correspondientes al año 2023 y 2024, de los siguientes puestos: • Magistrado Presidente. • Magistrado de Sala. • Consejero de la Judicatura. • Juez de Primera Instancia. • Secretario General. • Secretario de Acuerdos de Juzgado. • Secretario Proyectista de Sala. • Actuario ejecutor. • Actuario notificador. • Director. • Oficial Judicial o su equivalente. Solicitando lo anterior con fundamento en el artículo 10 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. …”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del seis de mayo de dos mil veinticuatro, la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0120/2024 PNT 010053524000116. III. Requerimiento de información. Por oficio U.T. 0148/2024 signado por la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó a la Dirección de Administración de Personal, se pronunciara sobre la existencia o no de la información, para la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. Mediante oficio D.A.P. 278/2024, el Lic. Omar Eduardo Juárez Ramírez, Director de Administración de Personal del Poder Judicial del Estado, menciono lo siguiente: [“… En relación a su oficio U.T. 0148/2024, en cumplimiento de lo ordenado por acuerdo dictado en fecha seis de mayo de dos mil veinticuatro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 II y IV de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 55 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios se informa lo siguiente: La información de los salarios brutos y netos (tabuladores) del año 2023 y 2024, la puede encontrar en la página de Poder Judicial (https://www.poderjudicialags.gob.mx/Micrositio/UT/TabuladorSueldos). …”] C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado es competente para conocer y dar respuesta a la solicitud de información que ahora nos ocupa en términos de los artículos 6°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, 4 y 45, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Análisis de fondo. En principio se debe tener presente que el marco constitucional del derecho de acceso a la información comprende la posibilidad de que cualquier persona puede solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información que se encuentre integrada exclusivamente en documentos que registren el ejercicio de las atribuciones y facultades de un ente público, en términos de la Ley General de la materia, como en el caso que ahora nos ocupa, el solicitante a través de su petición y que se encuentra descrita en el Primer Antecedente del presente escrito. De la solicitud. Como se advierte de los antecedentes, se solicitó iArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000116

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaCualquier otro medio incluido los electrónicosFecha limite de respuesta17/05/2024Fecha solicitud término15/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Judicial