Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 29/05/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónBuenos días, de la manera mas atenta me gustaría solicitar ante ustedes si me pueden brindar la siguiente información: 1. Leyes que los rigen y fundamento constitucional 2. Ante que organo se puede recurrir para resolver una controversia entre el CJF y un partícular, y su fundamento 3. Que tipo de organo de gobierno son y si dependen del poder ejecutivo. 4. Contra que tribunal se debe acudir para que resuelva una controversia entre un particular y el CJF o el Poder Judicial en su caso, y su fundamento legalRespuesta del día30/05/2024Texto de respuestaPODER JUDICIAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES UNIDAD DE TRANSPARENCIA EXPEDIENTE: PAI. PJE. 0126/2024 PNT 010053524000122 Aguascalientes, Ags., a treinta de mayo de dos mil veinticuatro. Se tienen por recibida la solicitud de información con número de folio 010053524000122 admitida en fecha veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro, mediante la PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA a través de la cual se presenta solicitud de información ante ésta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes. 1. Solicitud de información que reside en lo siguiente: [“… Buenos días, de la manera mas atenta me gustaría solicitar ante ustedes si me pueden brindar la siguiente información: 1. Leyes que los rigen y fundamento constitucional 2. Ante que organo se puede recurrir para resolver una controversia entre el CJF y un partícular, y su fundamento 3. Que tipo de organo de gobierno son y si dependen del poder ejecutivo. 4. Contra que tribunal se debe acudir para que resuelva una controversia entre un particular y el CJF o el Poder Judicial en su caso, y su fundamento legal. …”] Una vez precisado lo anterior, fórmese el expediente y regístrese en el libro de Gobierno con el número PAI. PJE. 0126/2024 PNT 010053524000122 siguiendo lo establecido por los artículos 68, 121, 122, 123 124, 125 y 126 Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, 47, 48, 54, 55 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios y artículo 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, ordenándose a su vez, el INICIO DE PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN por parte de la Unidad de Enlace de Trasparencia del Poder Judicial del Estado, a fin de dar cumplimiento a la Ley de la materia. Se tiene al solicitante señalando como medio para oír y recibir notificaciones la PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA. Ahora bien, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 fracciones I, II y IV, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 55 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, artículo 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, de una lectura íntegra de la solicitud, se desprende que no realiza una solicitud de información, sino que es una consulta, por lo que ésta Unidad de Transparencia se encuentra imposibilitada para dar respuesta a dicha petición; empero de lo anterior, se hace del conocimiento del promovente que este Órgano Garante es Autónomo por lo tanto no depende del Poder Ejecutivo así mismo se deja a su disposición el enlace de la página oficial del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes donde puede ser consultado el Marco Jurídico en el que se rige. https://www.poderjudicialags.gob.mx/Inicio Por lo anteriormente expuesto se ordena lo siguiente: PRIMERO.- Una vez precisado lo anterior, se ordena notificar al solicitante el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido por el artículo 125, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. SEGUNDO.- Así mismo se hace del conocimiento del solicitante que la presente resolución puede ser impugnada ante las instancias que las leyes de la materia así lo señalan. Notifíquese en términos de lo dispuesto en el artículo 45 fracción V, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Así lo provee y firma la Lic. María Isabel Gaytán Avelar Titular de la Unidad de Trasparencia del Poder Judicial del Estado, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado y sus Municipios y artículo 45 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000122

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaCualquier otro medio incluido los electrónicosFecha limite de respuesta12/06/2024Fecha solicitud término30/05/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Judicial