Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 13/06/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripción Solicito lo siguiente: -Número de sentencias por el delito tortura de 2010 a la fecha por año en el estado. Favor de especificar los años de la sentencia o bien su determinación. Respuesta del día24/06/2024Texto de respuestaEXPEDIENTE: PAI. PJE. 0139/2024 PNT 010053524000134 Y SU ACUMULADA INSTANCIA VINCULADA: • DIRECCIÓN DE INFORMÁTICA DEL PODER JUDICIAL Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al veinticuatro de junio de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro se recibió a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000134. 1. Misma que radica en lo siguiente. [“… Solicito lo siguiente: -Número de sentencias por el delito tortura de 2010 a la fecha por año el estado. Favor de especificar los años de la sentencia o bien su determinación. …”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro, la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0139/2024 PNT 010053524000134. III. Requerimiento de información. Por oficios U.T. 0185/2024 suscrito por la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó a la Dirección de Informática del Poder Judicial, se pronunciara sobre la existencia o no de la información, para la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. Mediante oficio 0174/2024, el ingeniero Roberto Macías Bejarano, Director de Informática del Poder Judicial del Estado, menciono lo siguiente: [“… Referente a la solicitud de transparencia U.T. 0185/2024, se da contestación a su petición de información con base en los registros que se tienen en las bases de datos. ["... Solicito lo siguiente: -Número de sentencias por el delito de tortura de 2010 a la fecha por año en el estado. Favor de especificar los años de la sentencia o bien su determinación …”] Se informa que en base de datos no se tiene registro de sentencias dictadas por el delito de tortura. Sin otro particular por el momento, le reitero a Usted las seguridades de mi atención. …”] V. Acumulación de Solicitudes. En fecha trece de junio del año en curso, se recibió en la Plataforma Nacional de Transparencia solicitud de acceso a la Información con folio 010053524000138, misma que radica en lo siguiente: [“… Solicito lo siguiente: -Número de sentencias por el delito tortura de 2010 a la fecha por año en el estado. Favor de especificar los años de la sentencia o bien su determinación. …”] Después de una lectura íntegra, es evidente que la solicitud consta de los mismos cuestionamientos de la que ahora nos ocupa, así mismo el nombre de la persona solicitante es el igual. Ahora, a fin de dar respuesta en forma conjunta, congruente y expedita a las solicitudes de información en cita, de conformidad con lo previsto en los artículos 152 fracción III, 153 fracción I, 155 y 158 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes de aplicación supletoria a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, lo procedente es ACUMULAR las solicitudes de acceso a la información 010053524000138 al 010053524000134 por ser este último el primero en ser presentado, con la finalidad de que dichas solicitudes se tramiten en un solo expediente, siendo este PAI. PJE. 0123/2024 PNT 010053524000134 y su acumulada del índice de la Unidad de Transparencia del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, siguiendo lo establecido por los artículos 68, 121, 122, 123 124, 125 y 126 Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, 47, 48, 54, 55 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de TransparenciaArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000138