Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 16/08/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

Descripción“Informe, cuantas demandas se emitieron por daño moral, año por año del periodo 2006 a 2024, y desglose cuantas fueron resueltas por sentencia.Respuesta del día21/08/2024Texto de respuestaEXPEDIENTE: PAI. PJE. 0183/2024 PNT 010053524000182 INSTANCIA VINCULADA: • ÁREA DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍAS DEL PODER JUDICIAL. Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al veintiuno de agosto de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El dieciséis de agosto de dos mil veinticuatro se recibió a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000182. 1. Misma que radica en lo siguiente. [“… “Informe, cuantas demandas se emitieron por daño moral, año por año del periodo 2006 a 2024, y desglose cuantas fueron resueltas por sentencia. …”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del nueve de agosto de dos mil veinticuatro, la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0183/2024 PNT 010053524000182. III. Requerimiento de información. Por oficios U.T. 0290/2024 signado por la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó al Área de Innovación y Tecnologías del Poder Judicial, se pronunciara sobre la existencia o no de la información, para la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. Mediante oficio 245-2024, el ingeniero Roberto Macías Bejarano, Director del Área de Innovación y Tecnologías del Poder Judicial, menciono lo siguiente: [“… Referente a la solicitud de transparencia U.T. 0290/2024, se da contestación a su petición de información. ["... "Informe, cuantas demandas se emitieron por daño moral, ano por ano del periodo 2006 a 2024, y desglose cuantas fueron resueltas por sentencia”. …”] Se informa que en base de datos se cuenta con registro de la siguiente información. Rubro 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 Demandas admitidas por daño moral 0 1 0 2 3 3 6 6 4 7 4 4 5 9 5 13 12 11 13 De las demandas admitidas por año, cuántas se resolvieron por sentencia 0 0 0 0 1 2 3 2 1 3 2 0 3 3 1 4 6 1 0 Sin otro particular por el momento, le reitero a Usted las seguridades de mi atención. …”] C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado es competente para conocer y dar respuesta a la solicitud de información que ahora nos ocupa en términos de los artículos 6°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, 4 y 45, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Análisis de fondo. En principio se debe tener presente que el marco constitucional del derecho de acceso a la información comprende la posibilidad de que cualquier persona puede solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información que se encuentre integrada exclusivamente en documentos que registren el ejercicio de las atribuciones y facultades de un ente público, en términos de la Ley General de la materia, como en el caso que ahora nos ocupa, el solicitante a través de su petición y que se encuentra descrita en el Primer Antecedente del presente escrito. De la solicitud. Como se advierte de los antecedentes, se solicitó información con respecto a conocer cuantas demandas se admitieron por daño moral en el periodo comprendido del 2006 al 2024. Para abordar el tema principal de lo requerido, se debe tener presente que en términos del artículo 129 de la Ley General de Transparencia, los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que esténArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000182

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta30/08/2024Fecha solicitud término21/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Judicial