Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 18/08/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónCuantas resoluciones condenatorias con pensión compesatoria (resarcitoria y por doble jornada) se han dictado desde Julio del año dos mil veintitrés hasta el dieciocho de agosto del año en curso. Así mismo anexar dichas resoluciones.Respuesta del día02/09/2024Texto de respuestaEXPEDIENTE: PAI. PJE. 0186/2024 PNT 010053524000185 INSTANCIA VINCULADA: • JUZGADOS FAMILIARES Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al dos de septiembre de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro se recibió a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000185. 1. Solicitud de información que radica lo siguiente: [“… Cuantas resoluciones condenatorias con pensión compesatoria (resarcitoria y por doble jornada) se han dictado desde Julio del año dos mil veintitrés hasta el dieciocho de agosto del año en curso. Así mismo anexar dichas resoluciones. …”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del diecinueve de agosto de dos mil veinticuatro, la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0186/2024 PNT 010053524000185. III. Requerimiento de información. Mediante oficios U.T. 0293/2024, U.T. 0294/2024, U.T. 0295/2024, U.T. 0296/2024 U.T. 02972024 signados por la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó a los primeros cinco juzgados familiares para que se pronunciaran sobre la existencia o no de la información antes requerida, así como la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. Mediante oficios: • 4439 suscrito por la maestra Zhairy Alicia Acevedo Huerta, Jueza Auxiliar del Juzgado Primero Familiar del Estado. • 6160 suscrito por la maestra Nadia Steffi González Huerta, Jueza del Juzgado Segundo Familiar del Estado. • 3869 suscrito por el licenciado Genaro Tabares González, Juez del Juzgado Tercero Familiar del Estado. • 2672 suscrito por la licenciada María del Rocío Franco Villalobos, Jueza del Juzgado Cuarto Familiar del Estado. • 2323 suscrito por la licenciada Verónica Zaragoza Ramírez, Jueza del Juzgado Quinto Familiar del Estado. Le dieron respuesta a esta Unidad de Transparencia, mismos que se anexan al presente para el conocimiento de la persona solicitante. C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado es competente para conocer y dar respuesta a la solicitud de información que ahora nos ocupa, en términos de los artículos 6°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, 4 y 45, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Análisis de fondo. En principio se debe tener presente que el marco constitucional del derecho de acceso a la información comprende la posibilidad de que cualquier persona puede solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información que se encuentre integrada exclusivamente en documentos que registren el ejercicio de las atribuciones y facultades de un ente público, en términos de la Ley General de la materia, como en el caso que ahora nos ocupa, el solicitante a través de su petición y que se encuentra descrita en el Primer Antecedente del presente escrito. De la solicitud. Como se advierte de los antecedentes, se solicitó información con respecto a conocer cuántas resoluciones condenatorias con pensión compensatoria (resarcitoria y por doble jornada) se han dictado desde Julio del año dos mil veintitrés hasta el dieciocho de agosto del año en curso. Para abordar el tema principal de lo requerido, se debe tener presente que en términos del artículo 129 de la Ley General de Transparencia, los sujetos obligadArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000185