Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 25/09/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónEn respecto a la Fiscalía General del Estado, necesito conocer las denuncias recibidas durante el periodo de 1951 hasta 1999. Por el delito de violencia intrafamiliar o su similar. Solo buscó CANTIDAD estadística, no datos ni edades. Con respecto al Poder Judicial del Estado, necesito el número de causas penales iniciadas en el periodo de 1951 hasta 1999. En el estado de Aguascalientes, en el delito de violencia intrafamiliar o su similar. Solo buscó CANTIDADES estadísticas. Respuesta del día03/10/2024Texto de respuesta EXPEDIENTE: PAI. PJE. 0219/2024 PNT 010053524000218 INSTANCIA VINCULADA: • DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍAS DEL PODER JUDCIAL • ARCHIVO DE CONCENTRACIÓN DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al dos de octubre de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El veinticinco de septiembre de dos mil veinticuatro se recibió a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000218. 1. Misma que radica en lo siguiente. [“… Con respecto al Poder Judicial del Estado, necesito el número de causas penales iniciadas en el periodo de 1951 hasta 1999. En el estado de Aguascalientes, en el delito de violencia intrafamiliar o su similar. Solo buscó CANTIDADES estadísticas. …”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro, el encargado de despacho de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0219/2024 PNT 010053524000218. III. Requerimiento de información. Mediante oficios U.T. 0349/2024 y U.T. 0351/2024, signados por el encargado de despacho de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó al Área de Innovación y Tecnologías del Poder Judicial así como a la Coordinadora del Sistema de Archivos del Poder Judicial, para que se pronunciaran sobre la existencia o no de la información, para la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. Mediante oficio número 0309/2024, el Director del Área de Innovación y Tecnologías del Poder Judicial menciono lo siguiente: [“… Se informa que en base de datos no se cuenta con dicha información ya que los datos sistematizados se tienen a partir de principios de los años 2000, cabe la posibilidad de que la información solicitada pudiera ser proporcionada por personal del archivo judicial ya que ellos tienen información referente a todas las series históricas de los juzgados. Sin otro particular por el momento, le reitero a Usted las seguridades de mi atención. …”] Por su parte la Coordinadora del Sistema de Archivos y Responsable del Archivo de Concentración comentó lo siguiente: [“… De acuerdo a la organización de los fondos documentales del Archivo de Concentración del Poder Judicial, en el fondo documental Penal tradicional, se tiene por número de expediente sin tener más datos del expediente y en aras de contribuir a la petición solicitada, informo que el delito de violencia familiar se tipificó en la reforma que adicionó la violencia familiar al Código Penal de Aguascalientes en su artículo 135 BIS publicado en fecha 19 de febrero de 2001 en el Periódico Oficial del Estado. Sin perjuicio de lo anterior y para no menoscabar el derecho de acceso a la información de la persona solicitante se deja a disposición para la consulta los expedientes de todos los Juzgados de la materia penal tradicional de los años 1951 a 1999 con los que cuenta el Archivo de Concentración con las medidas que establece la Ley de Protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados para el Estado de Aguascalientes y sus municipios y las que al efecto establezca el Comité de Transparencia del Poder Judicial lo anterior a fin de contribuir a la obtención de datos que solicita. …”] C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado es competente para conocer y dar respuesta a la solicitud de información que ahora nos ocupa en términos de los artículos 6°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de AArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000218

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta10/10/2024Fecha solicitud término03/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Judicial