Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 30/09/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
Descripción1.- Cuantas carpetas de investigación le fueron consignadas por la Fiscalía del estado de Aguascalientes, a los Jueces que conforman el Supremo Tribunal de Justicia, por el delito de Ataques a las vías de comunicación, contenido en el artículo 182, fracción IV del Código Penal de Aguascalientes, es decir, por la conducción a exceso de velocidad, durante los años 2022, 2023 y enero a junio de 2024. 2.- Cuantas sentencias fueron dictadas por los jueces que conforman el Supremo Tribunal de Justicia, por el delito de Ataques a las vías de comunicación, contenido en el artículo 182, fracción IV del Código Penal de Aguascalientes, es decir, por la conducción a exceso de velocidad, durante los años 2022, 2023 y enero a junio de 2024.Respuesta del día07/10/2024Texto de respuestaEXPEDIENTE: PAI. PJE. 0221/2024 PNT 010053524000220 INSTANCIA VINCULADA: • ADMINISTRACIÓN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE CONTROL. Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al siete de octubre de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El treinta de septiembre de dos mil veinticuatro se recibió a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000220. 1. Misma que radica en lo siguiente. [“… 1.- Cuantas carpetas de investigación le fueron consignadas por la Fiscalía del estado de Aguascalientes, a los Jueces que conforman el Supremo Tribunal de Justicia, por el delito de Ataques a las vías de comunicación, contenido en el artículo 182, fracción IV del Código Penal de Aguascalientes, es decir, por la conducción a exceso de velocidad, durante los años 2022, 2023 y enero a junio de 2024. 2.- Cuantas sentencias fueron dictadas por los jueces que conforman el Supremo Tribunal de Justicia, por el delito de Ataques a las vías de comunicación, contenido en el artículo 182, fracción IV del Código Penal de Aguascalientes, es decir, por la conducción a exceso de velocidad, durante los años 2022, 2023 y enero a junio de 2024. …”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del dos de octubre de dos mil veinticuatro, la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0221/2024 PNT 010053524000220. III. Requerimiento de información. Por oficio U.T. 0352/2024 suscrito por la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó a la Administración Judicial de los Juzgados de Control, Juicio Oral Penal, Ejecución y Justicia Penal para Adolescentes, para que se pronunciara sobre la existencia o no de la información, para la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. Mediante oficio 0608-2024, suscito por el licenciado Alejandro Humberto Herrada Alba, encargado de despacho de la Administración Judicial de los Juzgados de Control, Juicio Oral Penal, Ejecución y Justicia Penal para Adolescentes, mencionó lo siguiente: [“… Por medio del presente, le extiendo un cordial saludo y me dirijo a usted, con fundamento en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 23 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a fin de dar contestación al oficio U.T. 0352/2024, dentro del expediente PAI. PJE. 0221/2024 PNT 010053524000220; para lo cual, se hace de su conocimiento que previa búsqueda en los libros de gobierno de los Juzgados de Control y Juicio Oral Penal del Estado de Aguascalientes, se advierte que en el periodo solicitado no se han radicado causas penales por el delito de ataques a las vías de comunicación, contenido en el artículo 182, fracción IV del Código Penal de Aguascalientes, por ende, en los recintos Judiciales referidos no se han dictado sentencias por el ilícito en cita. Sin otro particular por el momento, quedo de usted, no sin antes reiterarle la seguridad de mi atenta y distinguida consideración. …”] C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado es competente para conocer y dar respuesta a la solicitud de información que ahora nos ocupa en términos de los artículos 6°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, 4 y 45, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Análisis de fondoArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000220