Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 18/10/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

Descripciónsolicito se me de a conocer cuales fueron las calificaciones de los administradores de causaRespuesta del día22/10/2024Texto de respuestaAguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. En fecha veintiuno de octubre del presente año se recibió a través de Oficialía de Partes de este Poder Judicial, solicitud de Acceso a la Información, misma que radica en lo siguiente: [“… solicito se me de a conocer cuales fueron las calificaciones de los administradores de causa. …”] Una vez precisado lo anterior, fórmese el expediente y regístrese en el libro de Gobierno con el número PAI. PJE. 0234/2024 PNT 010053524000233 siguiendo lo establecido por los artículos 68, 121, 122, 123 124, 125 y 126 de Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, 47, 48, 54, 55 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios y artículo 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, ordenándose a su vez, el INICIO DE PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN por parte de la Unidad de Enlace de Trasparencia del Poder Judicial del Estado, a fin de dar cumplimiento a la Ley de la materia. Se tiene al solicitante señalando como medio para oír y recibir notificaciones acudiendo a las oficinas de la Unidad de Transparencia. C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado es competente para conocer y dar respuesta a la solicitud de información que ahora nos ocupa, en términos de los artículos 6°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, 4 y 45, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44 y 55 fracción VIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Análisis de fondo. En principio se debe tener presente que el marco constitucional del derecho de acceso a la información comprende la posibilidad de que cualquier persona puede solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información que se encuentre integrada exclusivamente en documentos que registren el ejercicio de las atribuciones y facultades de un ente público, en términos de la Ley General de la materia, como en el caso que ahora nos ocupa, el solicitante a través de su petición y que se encuentra descrita en el Primer Antecedente del presente escrito. De la solicitud. Como se advierte de los antecedentes, se solicitó información con respecto a las calificaciones de los administradores de causa. Para abordar el tema principal de lo requerido, se debe tener presente que en términos del artículo 129 de la Ley General de Transparencia, los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar de acuerdo con sus facultades; en relación a lo anterior esta Unidad de Transparencia advierte que no se especifica a qué calificaciones se refiere, por lo que, en beneficio proactivo en su derecho de acceso a la información, se hace de su conocimiento que las calificaciones del concurso abierto de oposición a fin de seleccionar y en su caso habilitar provisionalmente SECRETARIOS (AS) PROYECTISTAS DE SALA DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA; SECRETARIOS (AS) DE ACUERDOS Y/O SECRETARIO (A) DE ESTUDIO Y PROYECTOS DE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL, MERCANTIL, ORAL MERCANTIL, Y FAMILIAR; SECRETARIOS (AS) INSTRUCTORES DE JUZGADOS EN MATERIA LABORAL; ADMINISTRADORES (AS) DE CAUSA ADSCRITOS (AS) A LOS JUZGADOS DE CONTROL, JUICIO ORAL, EJECUCIÓN Y JUSTICIA PARA ADOLESCENTES: MINISTRO (A) EJECUTOR (A) O NOTIFICADOR (A) DE TODAS LAS MATERIAS, DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO, dentro de la convocatoria CJE/01/2024 publicada el cinco de agosto del año en curso, se encuentran disponibles en la página Oficial del Poder JuArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000233

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta05/11/2024Fecha solicitud término22/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Judicial