Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 21/10/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónSOLICITO SE ME DE A CONOCER CAUNTAS CAPACITACIONES EN MATERIA DE ACOSO SEXUAL, Y PREVENCION DEL ACOSO SEXUAL, POR PARTE DEL TODO EL PERSONAL, DEL JUZGADO MIXTO DEL MUNICIPIO DE PABELLON DE ARTEGA PERTENECIENTE AL ESTADO DE AGUASCALIENTES, TANTO DEL TODO EL PERSONAL, DEL LAS SALAS DE ORALIDAD PENAL, TANTO DEL JUZGADO CIVIL. ASI COMO SU FUNDAMENTO JURIDICO, PARA EL CASO DE QUE NINGUNA PERSONA TENGA DICHAS CAPACITACIONES Respuesta del día29/10/2024Texto de respuestaEXPEDIENTE: PAI. PJE. 0241/2024 PNT 010053524000245 INSTANCIA VINCULADA: • UNIVERSIDAD JUDICIAL DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN JUDICIAL Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El veintiuno de octubre de dos mil veinticuatro se recibió a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000245. 1. Misma que radica en lo siguiente. [“… SOLICITO SE ME DE A CONOCER CAUNTAS CAPACITACIONES EN MATERIA DE ACOSO SEXUAL, Y PREVENCION DEL ACOSO SEXUAL, POR PARTE DEL TODO EL PERSONAL, DEL JUZGADO MIXTO DEL MUNICIPIO DE PABELLON DE ARTEGA PERTENECIENTE AL ESTADO DE AGUASCALIENTES, TANTO DEL TODO EL PERSONAL, DEL LAS SALAS DE ORALIDAD PENAL, TANTO DEL JUZGADO CIVIL. ASI COMO SU FUNDAMENTO JURIDICO, PARA EL CASO DE QUE NINGUNA PERSONA TENGA DICHAS CAPACITACIONES. …”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro, la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0241/2024 PNT 010053524000245. III. Requerimiento de información. Por oficio U.T. 0384/2024 suscrito por la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó a la Universidad Judicial, para que se pronunciara sobre la existencia o no de la información, para la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. Mediante oficio 0237/2024, suscito por el licenciado José Luis Eloy Morales Brand rector de la Universidad Judicial del Instituto de Formación Judicial mencionó lo siguiente: [“… Por medio del presente y en atención a la petición realizada mediante correo electrónico, recibida en la Universidad Judicial, el día veinticuatro de octubre del año en curso, relativo a una solicitud de información, que señala lo siguiente: [“… SOLICITO SE ME DE A CONOCER CAUNTAS CAPACITACIONES EN MATERIA DE ACOSO SEXUAL, Y PREVENCION DEL ACOSO SEXUAL, POR PARTE DEL TODO EL PERSONAL, DEL JUZGADO MIXTO DEL MUNICIPIO DE PABELLON DE ARTEGA PERTENECIENTE AL ESTADO DE AGUASCALIENTES, TANTO DEL TODO EL PERSONAL, DEL LAS SALAS DE ORALIDAD PENAL, TANTO DEL JUZGADO CIVIL. ASI COMO SU FUNDAMENTO JURIDICO, PARA EL CASO DE QUE NINGUNA PERSONA TENGA DICHAS CAPACITACIONES. …”] Del mes de octubre de 2023 a la fecha se han impartido cuatro capacitaciones a las y los integrantes del poder judicial. Sin otro particular, y agradeciéndole de antemano la atención brindada a éste, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo. …”] C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado es competente para conocer y dar respuesta a la solicitud de información que ahora nos ocupa en términos de los artículos 6°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, 4 y 45, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Análisis de fondo. En principio se debe tener presente que el marco constitucional del derecho de acceso a la información comprende la posibilidad de que cualquier persona puede solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información que se encuentre integrada exclusivamente en documentos que registren el ejercicio de las atribuciones y facultades de un ente público, en términos de la Ley General de la materia, como en el caso que ahora nos ocupa, el solicitante a través de su petición y que se encuentraArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000245

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta06/11/2024Fecha solicitud término29/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaPoder Judicial