Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 22/10/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónNúmero total de versiones públicas de sentencias emitidas por los órganos jurisdiccionales, disponibles para consulta en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) y/o Portal Web Institucional, en cumplimiento a lo establecido por la fracción II del artículo 73 de la Ley General de Transparencia y el correlativo de la Ley de Transparencia Local - en el periodo comprendido del 1 de enero de 2021 al 30 de junio de 2024- desglosadas por año. Favor de indicar cuál es el medio de difusión y en su caso, proporcionar hipervínculo al repositorio o motor de búsqueda de versiones públicas de sentencias.Respuesta del día28/10/2024Texto de respuesta EXPEDIENTE: PAI. PJE. 0244/2024 PNT 010053524000248 INSTANCIA VINCULADA: • ÁREA DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍAS DEL PODER JUDICIAL. Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El veintidós de octubre de dos mil veinticuatro se recibió a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000248. 1. Misma que radica en lo siguiente. [“… Número total de versiones públicas de sentencias emitidas por los órganos jurisdiccionales, disponibles para consulta en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) y/o Portal Web Institucional, en cumplimiento a lo establecido por la fracción II del artículo 73 de la Ley General de Transparencia y el correlativo de la Ley de Transparencia Local - en el periodo comprendido del 1 de enero de 2021 al 30 de junio de 2024- desglosadas por año. Favor de indicar cuál es el medio de difusión y en su caso, proporcionar hipervínculo al repositorio o motor de búsqueda de versiones públicas de sentencias. …”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro, la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0244/2024 PNT 010053524000248. III. Requerimiento de información. Por oficio U.T. 0389/2024 suscrito por la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó a la Dirección de Innovación y Tecnologías del Poder Judicial, para que se pronunciara sobre la existencia o no de la información, para la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. Mediante oficio 0336/2024, suscito por el ingeniero Roberto Macías Bejarano, director del área de Innovación y Tecnologías del Poder Judicial, mencionó lo siguiente: [“… Referente a la solicitud de transparencia U.T. 0389/2024, se da contestación a su petición de información. Se informa que en base de datos se encontró registro del siguiente número de sentencias en versión pública, mismas que pueden ser consultadas en la página oficial del Poder Judicial en el Estado de Aguascalientes https://www.poderjudicialags.gob.mx/Web/ConsultaSentencias AÑO TOTAL DE SENTENCIAS 2021 8951 2022 16383 2023 11711 01ENE-30JUN2024 4095 Sin otro particular por el momento, le reitero a Usted las seguridades de mi atención. …”] C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado es competente para conocer y dar respuesta a la solicitud de información que ahora nos ocupa en términos de los artículos 6°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, 4 y 45, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Análisis de fondo. En principio se debe tener presente que el marco constitucional del derecho de acceso a la información comprende la posibilidad de que cualquier persona puede solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información que se encuentre integrada exclusivamente en documentos que registren el ejercicio de las atribuciones y facultades de un ente público, en términos de la Ley General de la materia, como en el caso que ahora nos ocupa, el solicitante a través de su petición y que se encuentra descrita en el Primer Antecedente del presente escrito. De la solicitud. Como se advierte de los antecedentes, se solicitó información con respecto al número de sentencias en versiArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000248