Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 23/10/2024 a la dependencia Aguascalientes - SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónQuisiera saber cuántos Juicios de Paternidad o Reconocimiento de Paternidad se han iniciado en los últimos 4 años; así mismo saber cuántos de ellos fueron iniciados cuando el presunto hijo era menor de edad y cuantos fueron iniciados por presuntos hijos mayores de edad; cuantos de ellos se resolvieron en favor del demandante; en cuantos de ellos se tomaron las muestras de ADN; tiempo máximo de resolución y tiempo mínimo de resolución en los juicios de paternidad; cuantas sentencias de juicio de paternidad fueron apeladas; y saber si en la entidad existe la gratuidad en la toma de la prueba de ADNRespuesta del día30/10/2024Texto de respuestaEXPEDIENTE: PAI. PJE. 0245/2024 PNT 010053524000249 INSTANCIA VINCULADA: • ÁREA DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍAS DEL PODER JUDICIAL. Aguascalientes, Ags. Resolución de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, correspondiente al treinta de octubre de dos mil veinticuatro. A N T E C E D E N T E S: I. Solicitud de información. El veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro se recibió a través de la Plataforma Nacional de Transparencia la solicitud de acceso a la información pública, de número 010053524000249. 1. Misma que radica en lo siguiente. [“… Quisiera saber cuántos Juicios de Paternidad o Reconocimiento de Paternidad se han iniciado en los últimos 4 años; así mismo saber cuántos de ellos fueron iniciados cuando el presunto hijo era menor de edad y cuantos fueron iniciados por presuntos hijos mayores de edad; cuantos de ellos se resolvieron en favor del demandante; en cuantos de ellos se tomaron las muestras de ADN; tiempo máximo de resolución y tiempo mínimo de resolución en los juicios de paternidad; cuantas sentencias de juicio de paternidad fueron apeladas; y saber si en la entidad existe la gratuidad en la toma de la prueba de ADN. …”] II. Acuerdo de radicación. Por acuerdo del veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro, la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, una vez analizada la naturaleza la determino procedente ordenando abrir el expediente PAI. PJE. 0245/2024 PNT 010053524000249. III. Requerimiento de información. Por oficio U.T. 0390/2024 suscrito por la Titular de la Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado, solicitó a la Dirección de Innovación y Tecnologías del Poder Judicial, para que se pronunciara sobre la existencia o no de la información, para la procedencia de su entrega o en su caso la clasificación de la misma, lo anterior para estar en posibilidades de responder en tiempo y forma legales a la solicitud de información en cuestión. IV. Presentación de informes. Mediante oficio 0337/2024, suscito por el ingeniero Roberto Macías Bejarano, director del área de Innovación y Tecnologías del Poder Judicial, mencionó lo siguiente: [“… Referente a la solicitud de transparencia U.T. 0390/2024, se da contestación a su petición de información. Rubro 2021 2022 2023 2024 Juicios iniciados 382 361 399 329 Sentencias procedentes 69 56 84 78 Duración mínima (Días hábiles) 27 71 124 41 Duración máxima (Días hábiles) 1934 2389 2226 1800 Tocas iniciados 16 14 15 17 Se informa que en base de datos se tiene registro de la siguiente información: Respecto a la información proporcionada se hacen las siguientes aclaraciones: • No es posible determinar si el juicio inició cuando el presunto hijo era menor o mayor debido a que es información que no se registra en la base de datos. • En cuanto a la información referente a los juicios resueltos en favor del demandante, se informa la cantidad de juicios en los que el sentido de la sentencia se registró como procedente. • No es posible informar en cuantos de estos juicios se tomó la muestra de ADN debido a que es información que no se registra en las bases de datos. • Se desconoce si existe o no la gratuidad en la toma de la prueba de ADN debido a que es información que no se encuentra registrada en las bases de datos. Sin otro particular por el momento, le reitero a Usted las seguridades de mi atención. …”] C O N S I D E R A N D O: Competencia. Esta Unidad de Transparencia del Poder Judicial del Estado es competente para conocer y dar respuesta a la solicitud de información que ahora nos ocupa en términos de los artículos 6°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 fracción XII y 89 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, 4 y 45, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 44, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios. Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053524000249