Aguascalientes - MUNICIPIO DE COSÍO - (AGS)
Solicitud del día 18/10/2024 a la dependencia Aguascalientes - MUNICIPIO DE COSÍO - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónCuántas personas que ejercen la prostitución hay registradas dentro de la Zona de Tolerancia? Indicar el género de estas personas ¿Cuántas personas que ejercen la prostitución hay registradas fuera de la Zona de Tolerancia? Indicar el genero de estas personas Respuesta del día01/11/2024Texto de respuesta Se tiene por recibida la solicitud de información presentada a través del Sistema de Solicitudes de Información del Estado de Aguascalientes integrante de la Plataforma Nacional de Transparencia, por parte de “Daniel Rentería Sotelo”, el dieciséis de octubre del dos mil veinticuatro, registrada con número de folio 010053924000095, solicitud de información mediante la cual solicita: Cuántas personas que ejercen la prostitución hay registradas dentro de la Zona de Tolerancia? Indicar el género de estas personas ¿Cuántas personas que ejercen la prostitución hay registradas fuera de la Zona de Tolerancia? Indicar el genero de estas personas Respecto a la información solicitada se hace de su conocimiento, que tal como se informa en el oficio No. SADGG/018/2024 suscrito por el Lic. Vladimir Eusebio Lajovich Delgado, Secretario del H. Ayuntamiento y Director General de Gobierno del municipio de Cosío, Aguascalientes, después de la búsqueda exhaustiva de información en la base de datos de esta Secretaría, no se encontró registro alguno con respecto a la solicitud recibida en la Plataforma Nacional de Transparencia con folio 010053924000095 con fecha de recepción el dieciocho de octubre del dos mil veinticuatro. Asimismo, se le informa que de acuerdo con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública no es necesario la intervención del Comité de Transparencia, para robustecer lo anterior sirve como apoyo la siguiente resolución emitida por el Instituto Nacional de Acceso a la Información. Casos en los que no es necesario que el Comité de Transparencia confirme formalmente la inexistencia de la información. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen el procedimiento que deben seguir los sujetos obligados cuando la información solicitada no se encuentre en sus archivos; el cual implica, entre otras cosas, que el Comité de Transparencia confirme la inexistencia manifestada por las áreas competentes que hubiesen realizado la búsqueda de la información. No obstante, lo anterior, en aquellos casos en que no se advierta obligación alguna de los sujetos obligados para contar con la información, derivado del análisis a la normativa aplicable a la materia de la solicitud; y además no se tengan elementos de convicción que permitan suponer que ésta debe obrar en sus archivos, no será necesario que el Comité de Transparencia emita una resolución que confirme la inexistencia de la información. Resoluciones: • RRA 2959/16. Secretaría de Gobernación. 23 de noviembre de 2016. Por unanimidad. Comisionado Ponente Rosendoevgueni Monterrey Chepov. • RRA 3186/16. Petróleos Mexicanos. 13 de diciembre de 2016. Por unanimidad. Comisionado Ponente Francisco Javier Acuña Llamas. • RRA 4216/16. Cámara de Diputados. 05 de enero de 2017. Por unanimidad. Comisionada Ponente Areli Cano Guadiana. Con lo anterior, se da por cumplido el deber de acceso a la información, informándole al solicitante que con fundamento en el artículo 142 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en contra del presente acuerdo procede el Recurso de Revisión de manera directa o por medios electrónicos ante el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes o ante ésta Unidad de Transparencia del Municipio de Cosío, Aguascalientes, teniendo un término de quince días siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta, para la interposición de dicho recurso. Así lo proveyó y firma el suscrito Lic. Arely Teresa López, Titular de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Cosío, Aguascalientes. Archivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010053924000095