Aguascalientes - MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE GRACIA - (AGS)
Solicitud del día 29/08/2024 a la dependencia Aguascalientes - MUNICIPIO DE SAN JOSÉ DE GRACIA - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónHola, buenas tardes Adjunto a la presente solicitud, carta donde se especifica la consulta realizada a esta H. Institución Saludos.Respuesta del día02/09/2024Texto de respuestaACUERDO DE REASIGNACIÓN TOTAL San José de Gracia, Aguascalientes, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro, la suscrita Lic. Fanny Aletvia Ramos Rodríguez, persona habilitada para dar trámite a la Solicitudes de Acceso a la Información y Datos Personales del Municipio de San José de Gracia, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 45 fracción II de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 44 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, artículo 24 y 25 fracción II del Reglamento Interior del Órgano Interno de Control del Municipio de San José de Gracia, Aguascalientes, respecto a la solicitud de información con número de folio 010054524000063, emito el presente con base en los siguientes: ANTECEDENTES PRIMERO. - En fecha veintinueve de agosto del dos mil veinticuatro, se recibe una solicitud de información mediante la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), con número de folio 010054524000063, presentada por JAIR HERNANDEZ CELEDONIO, siendo radicada por esta Unidad de Transparencia bajo el número de expediente interno PNT-SJG-UTAIP/063/2024, en la cual se requiere lo siguiente: “Hola, buenas tardes a la presente solicitud, carta donde se especifica la consulta realizada a esta H. Institución Saludos.” SEGUNDO.- El solicitante señala como medio para recibir notificaciones, el Sistema de Solicitudes de Información de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT). CONSIDERANDOS ÚNICO.- En atención a la solicitud de información marcada con el número 010054524000063 la cual ha quedado precisada en el antecedente primero del presente, este sujeto obligado, según corresponde, da respuesta en los siguientes términos: No es posible atender su solicitud, en virtud de que la misma no versa sobre la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de este Municipio de San José de Gracia, Aguascalientes. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 72 primer párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipio (LTAIPEAM), que a la letra señalan: “Artículo 72. Cuando la Unidad de Transparencia determine la notoria incompetencia por parte del sujeto obligado dentro del ámbito de su aplicación, deberán comunicarlo al solicitante dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los Sujetos Obligados competentes y remitir de oficio a éstos la solicitud, en cuyo caso los términos para resolver previstos en el Artículo 71, párrafos tercero y cuarto de esta Ley, comenzará a correr a partir de que la Unidad de Transparencia competente reciba la notificación respectiva.” En tal sentido se tiene a esta Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública, dando respuesta al solicitante en tiempo y forma, acorde a lo establecido en el Artículo 132 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en razón a que la información solicitada corresponde totalmente a la documentación que obra en poder de otro ente público, en ese sentido se procede a acordar lo siguiente: ACUERDA PRIMERO.- Se declarar improcedente la solicitud 010054524000063, toda vez que el Municipio de San José de Gracia, no cuenta con la facultad para crear, generar, y/o resguardar ese tipo de información. SEGUNDO.- Se reasigna a la autoridad competente, para dar respuesta siendo para los efectos del artículo 72 de la LTAIPEAM, a la Secretaría General de Gobierno, Secretaría de Administración y Secretaría de Finanzas. TERCERO.- Notifíquese el presente acuerdo al solicitante mediante el Sistema de Solicitudes de Información de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT). Así lo proveyó y firma la suscrita, Lic. Fanny Aletvia Ramos Rodríguez, persona habilitada para dar trámiteArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054524000063