Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 14/11/2023 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónSOLICITO ESTADISTICAS EN ARCHIVOS DIGITALES DE DETENCIONES O PRESENTACIONES ANTE LA AUTORIDADES POR PROBABLE DELITO DE NARCOMENUDEO, EN LOS AÑOS 2015 A 2023, EN EL QUE SE DETALLE NOMBRE O QUE TIPO DE SUSTANCIA TENIA EN SU PODER LA O LAS PERSONAS Y MÁS DATOS ESTADISTICOS DISPONIBLES EN PODER DE ESTA AUTORIDAD.Respuesta del día24/11/2023Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, veinticuatro de noviembre del año dos mil veintitrés. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), con el número de folio 010054823000790, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes el día catorce de noviembre del año en curso. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.787.010054823000790/2023. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones. En atención a la solicitud planteada, en la que solicita: …" SOLICITO ESTADISTICAS EN ARCHIVOS DIGITALES DE DETENCIONES O PRESENTACIONES ANTE LA AUTORIDADES POR PROBABLE DELITO DE NARCOMENUDEO, EN LOS AÑOS 2015 A 2023, EN EL QUE SE DETALLE NOMBRE O QUE TIPO DE SUSTANCIA TENIA EN SU PODER LA O LAS PERSONAS Y MÁS DATOS ESTADISTICOS DISPONIBLES EN PODER DE ESTA AUTORIDAD."... (sic). Sobre el particular la Unidad de Transparencia procedió al análisis de la solicitud de información por lo que de conformidad con los artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes y 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se requirió a la Dirección de Innovación Planeación y Desarrollo Tecnológico de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, unidad administrativa que de acuerdo con sus facultades establecidas en la Ley Orgánica que rige esta Fiscalía General dio contestación mediante las estadísticas contenidas en el presente acuerdo. Es importante informarle al solicitante que el sistema de filiación de detenidos de esta Institución de Procuración de Justicia no desagrega o clasifica la información de detenidos como es solicitado en su petición de forma tan específica, si no que se realiza una sistematización general de acuerdo a su filiación como su nombre lo menciona y por lo tanto no nos encontramos en aptitud de brindar la desagregación del nombre o tipo de sustancia en su poder, sin embargo en atención al principio de máxima transparencia se brinda la información estadística disponible de detenidos por el delito de Narcomenudeo, ello atendiendo el periodo de su solicitud del 1° de enero del 2015 al 31 de octubre del 2023. Previo a brindar la información en comento y en virtud de los antecedentes expuestos es procedente citar el criterio de interpretación emitido por el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), que señala que los sujetos obligados no están condicionados a elaborar documentos Ad HOC para atender las solicitudes de información. Es así, que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales emitió el siguiente de interpretación emitido en términos de los artículos 199 y 20 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 172 y 173 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Criterio 03/17 “No existe obligación de elaborar documentos ad hoc para atender las solicitudes de acceso a la información. Los artículos 129 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 130, párrafo cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalan que los sujetos obligados deberán otorgar acceso a los documentos que se encuentren en sus archivos o que estén obligados a documentar, de acuerdo con sus facultades, competencias o funciones, conforme a las caracterísArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054823000790