Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 17/11/2023 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónCon el fin de estimar el número de muertes por homicidio, suicidio, hechos de tránsito y accidentes donde estuvo involucrado el consumo de alcohol, solicitamos los siguientes datos: 1. El porcentaje de muertes (total y por sexo) por tipo (homicidio, muerte natural, hechos de tránsito, suicidio, accidentes e indeterminados) por año de 2015 a 2022 2. Datos de las de muertes por tipo (homicidio, hechos de tránsito, suicidio y accidentes), incluyendo la edad, sexo, si se hizo prueba de alcohol y de ser así, los grados de alcohol. De ser posible, también la fecha y hora del hecho, el deceso y la prueba de alcohol. Estos datos igualmente se solicitan por año de 2015 a 2022 Respuesta del día27/11/2023Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, veintisiete de noviembre del año dos mil veintitrés. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), con el número de folio 010054823000797, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes el día veintiuno de noviembre del año en curso. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.794.010054823000797/2023. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones. En atención a la solicitud planteada, en la que solicita: “Con el fin de estimar el número de muertes por homicidio, suicidio, hechos de tránsito y accidentes donde estuvo involucrado el consumo de alcohol, solicitamos los siguientes datos: 1. El porcentaje de muertes (total y por sexo) por tipo (homicidio, muerte natural, hechos de tránsito, suicidio, accidentes e indeterminados) por año de 2015 a 2022 2. Datos de las de muertes por tipo (homicidio, hechos de tránsito, suicidio y accidentes), incluyendo la edad, sexo, si se hizo prueba de alcohol y de ser así, los grados de alcohol. De ser posible, también la fecha y hora del hecho, el deceso y la prueba de alcohol. Estos datos igualmente se solicitan por año de 2015 a 2022.” (Sic). Sobre el particular, se informa que la solicitud es en relación a muertes por “homicidio, suicidio, hechos de transito” y de los cuales se hizo prueba de alcohol y resultó positivo. Una vez que se establece la esencia de la solicitud, procede aclarar al solicitante que los registros de la fiscalía, corresponden por su objeto de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sólo de aquellos hechos en los que se configura un tipo penal y corresponde a los señalados en el Código Penal del Estado de Aguascalientes., para el caso en concreto el suicidio si bien no es un delito, tiene conocimiento para ratificar que no se dio un delito. En este orden de ideas, con respecto a hechos de tránsito, accidentes automovilísticos, no son tipos penales, y no está contemplado en el Código Penal del Estado de Aguascalientes, por lo que tal y como formula su petición, la Fiscalía no tiene competencia para conocer de los mismos. Cabe puntualizar, que la Fiscalía tiene conocimiento cuando de los hechos se desprende “daño en las cosas”, “lesiones” u en su caso homicidio doloso o culposo” que si son tipos penales debidamente establecidos en la norma. Para el supuesto especifico que usted maneja que es “hechos de tránsito y accidentes automovilísticos” ello corresponde directamente a la Dirección General de Seguridad Pública y Vialidad de la Secretaría de Seguridad Pública o en su caso de la Dirección de seguridad pública y vialidad de cada uno de los Municipios. Es así, que por lo que refiere a hechos de transito y accidentes, la Fiscalía General del Estado, es incompetente para atender a su solicitud e información, de conformidad con el artículo 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que establece: En este sentido, de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Aguascalientes corresponde a la Secretaría de Seguridad Pública: “Artículo 29.- A la Secretaría de Seguridad Pública le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: … … XXV. En materia de tránsito: a) Participar, en el ámbito de su competencia, en la planeación, organización, regularización y vigilancia, conjuntamente con la SecretaríArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054823000797

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta05/12/2023Fecha solicitud término27/11/2023Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos