Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 11/12/2023 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

DescripciónSolicito saber el número de órdenes de protección solicitadas por esta autoridad para proteger a las mujeres ante situaciones de violencia y el tipo de violencia que la persona solicitante reportó. Pido el desglose por año, de 2015 a 2023, y que se indique el municipio donde residía cada mujer que solicitó una orden de protección. Del total de solicitudes, pido saber cuántas órdenes fueron emitidas en el periodo referido, cuántas fueron prorrogadas y el tiempo que duró la prórroga, y cuántas solicitudes fueron rechazadas y por qué razones. Solicito que se explique en qué consistió cada orden de protección otorgada a mujeres en el periodo referido, es decir, que se indique cuáles fueron las medidas de resguardo para cada una de ellas. Pido también información sobre cuántas mujeres que tenían órdenes de protección recibieron algún tipo de agresión por parte de su agresor mientras estaban bajo resguardo. Solicito que se especifique el tipo de agresión que recibió cada mujer y que se indique si alguna de ellas fue asesinada. En cuántos casos hubo sanción a las autoridades correspondientes por incumplimiento en la implementación y seguimiento de las órdenes de protección. Especificar el nombre del funcionario sancionado, la fecha en que se aplicó la sanción y el tipo de sanción que se aplicó en cada caso. Respuesta del día13/12/2023Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a trece de diciembre de dos mil veintitrés. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054823000827, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, en fecha once de diciembre del mismo año. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.824.010054823000827/2023. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a la solicitud planteada, en la que solicita: …“ Solicito saber el número de órdenes de protección solicitadas por esta autoridad para proteger a las mujeres ante situaciones de violencia y el tipo de violencia que la persona solicitante reportó. Pido el desglose por año, de 2015 a 2023, y que se indique el municipio donde residía cada mujer que solicitó una orden de protección. Del total de solicitudes, pido saber cuántas órdenes fueron emitidas en el periodo referido, cuántas fueron prorrogadas y el tiempo que duró la prórroga, y cuántas solicitudes fueron rechazadas y por qué razones. Solicito que se explique en qué consistió cada orden de protección otorgada a mujeres en el periodo referido, es decir, que se indique cuáles fueron las medidas de resguardo para cada una de ellas. Pido también información sobre cuántas mujeres que tenían órdenes de protección recibieron algún tipo de agresión por parte de su agresor mientras estaban bajo resguardo. Solicito que se especifique el tipo de agresión que recibió cada mujer y que se indique si alguna de ellas fue asesinada. En cuántos casos hubo sanción a las autoridades correspondientes por incumplimiento en la implementación y seguimiento de las órdenes de protección. Especificar el nombre del funcionario sancionado, la fecha en que se aplicó la sanción y el tipo de sanción que se aplicó en cada caso.”… (Sic) - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Vista la presente solicitud de información se procede a analizarla y a girar las comunicaciones correspondientes por parte de esta Unidad de Transparencia a las Unidades Administrativas competentes generadoras y resguardantes de la información estadística que nos ocupa, lo anterior con fundamento en los artículos 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, recabada dicha información se brinda la contestación pertinente en los términos en que fue solicitada, no sin antes infórmale al peticionario que a efecto de brindar la contestación, se rinde por parte de la Vicefiscalía Jurídica y de Litigación Penal, en aras de exponer la diferencia de órdenes de protección y medidas de protección: “Desde hace ya varios años, una de las muchas novedades que trajo el Código Nacional de Procedimientos Penales fue la implementación, en el caso de la materia penal común para todo el país, de las llamadas medidas de protección, de acuerdo a su siguiente dispositivo: …“Artículo 137. Medidas de protección. El Ministerio Público, bajo su más estricta responsabilidad, ordenará fundada y motivadamente la aplicación de las medidas de protección idóneas cuando estime que el imputado representa un riesgo inminente en contra de la seguridad de la víctima u ofendido...”. Como se desprende de lo inmediatamente antes transcrito, la finalidad de dichas medidas es la protección (física de la persona) de la víctima u ofendido respecto de la tenida como su contraparte, el imputado (caArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054823000827

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta09/01/2024Fecha solicitud término13/12/2023Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos