Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)
Solicitud del día 14/01/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes
DescripciónSe solicita la siguiente información: • La cantidad de denuncias que han recibido por delitos sexuales contra integrantes de la Iglesia Católica desde 1990 hasta la fecha. • Cuántas de las denuncias anteriores han derivado en la apertura de averiguaciones previas. • Cuántas de esas denuncias han derivado en la apertura de carpetas de investigación. • Cuántos de los asuntos derivados de aquellas denuncias han derivado en sentencias condenatorias. • Cuántos de esos casos han derivado en sentencias absolutorias. • En caso de que las investigaciones no hayan sido determinadas, favor de especificar el estatus de las mismas. • Número de víctimas por delitos sexuales de integrantes de la Iglesia Católica desde 1990 hasta la fecha. A su vez, se requiere que cada dato se desglose por año. Otros datosSe precisa que la información solicitada es de carácter estadístico y no se requieren datos personales que puedan afectar la presunción de inocencia, el curso de las investigaciones o la identidad de las víctimas.Respuesta del día26/01/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a veintiséis de enero del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia con el número de folio 010054824000055, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes en fecha del quince de enero del dos mil veinticuatro. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2 fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus municipios, 121, 123, 124 y 125 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.054.010054824000055/2024. De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a su solicitud de información en la que requiere: …”Se solicita la siguiente información: • La cantidad de denuncias que han recibido por delitos sexuales contra integrantes de la Iglesia Católica desde 1990 hasta la fecha. • Cuántas de las denuncias anteriores han derivado en la apertura de averiguaciones previas. • Cuántas de esas denuncias han derivado en la apertura de carpetas de investigación. • Cuántos de los asuntos derivados de aquellas denuncias han derivado en sentencias condenatorias. • Cuántos de esos casos han derivado en sentencias absolutorias. • En caso de que las investigaciones no hayan sido determinadas, favor de especificar el estatus de las mismas. • Número de víctimas por delitos sexuales de integrantes de la Iglesia Católica desde 1990 hasta la fecha. A su vez, se requiere que cada dato se desglose por año.”.... Sobre el particular la Unidad de Transparencia procedió al análisis de la solicitud de información por lo que de conformidad con los artículos 84 fracción IV de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes y 45 y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se requirió a la Dirección de Innovación Planeación y Desarrollo Tecnológico de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, unidad administrativa que de acuerdo con sus facultades establecidas en la Ley Orgánica que rige esta Fiscalía General dio contestación mediante las estadísticas contenidas en el presente acuerdo. Se le dice al solicitante que la información sistematizada se entrega a partir del año 1997, debido a que anteriormente no existía un sistema de información en donde pudiera concentrarse, por lo que no existen bases de datos que contengan los datos recabados dentro de las averiguaciones previas, por lo tanto este sujeto obligado resulta imposibilitado a brindar dato desde el año 1990 como lo solicita. Informado de lo anterior se brinda contestación a su petición de acuerdo a los puntos 1, 2, 3 y 7, a partir del año 1997 no sin antes señalarle que la estadística que se le brinda fue procesada en el supuesto de averiguaciones previas y carpetas de investigación iniciadas por el Ministerio Público con víctima, ofendido y/o denunciante con religión registrada como católica, integrada por los tipos penales protectores de la libertad sexual, la seguridad sexual, el normal desarrollo físico y psicosexual y el libre desarrollo de la personalidad. Dando continuidad a la contestación de cada uno de sus cuestionamientos, respecto al puntos 4 y 5 se le informa que respecto a su cuestionamiento de sentencias condenatorias y absolutorias, se le informa que el objetivo de esta Fiscalía es la investigación de hechos presuntamente constitutivos de delito, a través de la integración de la carpeta de investigación, no el de emitir sentencias, ello corresponde directamente al Poder Judicial en términos de lo dispuestoArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000055