Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS)

Solicitud del día 17/01/2024 a la dependencia Aguascalientes - FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES - (AGS) del órgano Aguascalientes

Descripción¿Cuenta la organización con alguna política pública, directriz u ordenamiento que garantice condiciones laborales de igualdad y no discriminación hacia las personas LGBTI que trabajan en la institución? Favor de describirlo. Asimismo, describir de qué manera garantiza el cumplimiento de este mecanismo, en caso de contar con él.Respuesta del día18/01/2024Texto de respuestaAguascalientes, Aguascalientes, a dieciocho de enero del dos mil veinticuatro. Vista la solicitud registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), con el número de folio 010054824000058, asignada a la Unidad de Transparencia de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, en fecha diecisiete de enero del mismo año. Consecuentemente con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, fracción IX, 4, 6, 10, primer párrafo, 11 primer párrafo, 12, 44 y 71 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes y sus Municipios, 121, 123, 124 y 125, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, téngase por recibida la solicitud de referencia, ábrase expediente y regístrese en el Libro de Gobierno con el número que le corresponda, siendo éste el PNT.057.010054824000058/2024 De igual manera téngasele como señalado de su parte correo electrónico y/o domicilio para oír y recibir notificaciones indicado en la Plataforma Nacional de Transparencia. En atención a la solicitud planteada, en la que solicita información respecto: “1. ¿Cuenta la organización con alguna política pública, directriz u ordenamiento que garantice condiciones laborales de igualdad y no discriminación hacia las personas LGBTI que trabajan en la institución? Favor de describirlo. Así mismo describir de qué manera garantiza el cumplimiento de este mecanismo en caso de contar con él. Previo a dar contestación a la solicitud, se aclara que la naturaleza de la Fiscalía General del Estado es de un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, esto se fundamenta y motiva por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 59 fracción V párrafo segundo de la Constitución del Estado de Aguascalientes, artículo 1 fracción III de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos “Artículo 21. La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función. Con apego a los principios de legalidad, objetividad, imparcialidad, eficiencia, profesionalismo, responsabilidad, honradez y respeto a los derechos humanos.”(sic) Constitución Política del Estado de Aguascalientes “Artículo 59, fracción V. El Ministerio Público se organizará en una Fiscalía General del Estado como órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, misma que ejercerá las funciones”(sic) Ley orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes “Artículo 1, fracción III. En el Estado de Aguascalientes, la Institución del Ministerio Público, para el ejercicio de sus atribuciones se estructura en la Fiscalía General, como un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, conforme al artículo 59, de la Constitución Local”(sic) Ahora bien, danto seguimiento a la solicitud, se responde que si se cuenta con política pública, directriz u ordenamiento que garantice las condiciones laborales de igualdad y no discriminación hacia las personas LGBTI que trabajan en la institución, siendo los siguientes: 1. Código de Ética de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 15 de julio de 2019, en la tercera sección, pág. 37. Dicho Documento presentó una reforma el pasado 21 de agosto de 2023, el cual fue publicado en el Periódico oficial en la sección Primera, pág. 54. 2. Código de Conducta de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes, el cual se publicó mediante acuerdo número 03/2019, en el Periódico Oficial de Estado en la sección Tercera, página 50, en fecha quince de julio de 2019. Ambos Códigos contiene los principios y valores considerados como fundamentales para la definición del rol del servicio público y que busca incidir en el comportamiento y desempeño de las y los Servidores PúbArchivo adjuntoDescargarFolioAGS-IP-010054824000058

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de Información Vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta31/01/2024Fecha solicitud término18/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deAguascalientesSector de la dependenciaOrganismos Autónomos